Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2386/22
General Pueyrredon, 05/12/2022
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita el reconocimiento de los servicios prestados por varios agentes en distintos establecimientos educacionales.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por los agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indican:
PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01)
PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02)
ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a los agentes mencionados en el Artículo 1º Incs. c) y d), durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, ad-referéndum Resolución expediente 8911-6-12.
ARTÍCULO 6º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Reconocer el pago, a los agentes mencionados en el Artículo 1º Incs. b), c) y d), durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- Reconocer el pago, a los agentes mencionados en el Artículo 1º Incs. c) y d), durante los períodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 9º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 110 - Fin./Fun. 3-4-2 – para Femini y Domenech Programático 24-00-00 - para González Camacho y Gauna Programático 56-00-00 - Inc. 1 - para el Inc. a) P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para los Incs. b), c) y d) P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4.
para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1.
para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1.
para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2.
para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2.
para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 9 – F.Fin. 131.
para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 – F.Fin. 131.
para el Art. 8º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 6.
ARTÍCULO 10º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
l.G
PUGLISI