Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2368/22
General Pueyrredon, 05/12/2022
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita la prórroga de designación de dos agentes, en distintos establecimientos educacionales.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,
EL SECRETARIO DE EDUCACION
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Prorrogar la designación, de las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, a partir del 4 de noviembre de 2022 y hasta la fecha que en cada caso se indica, accediendo a los cargos por Listado del Tribunal de Clasificación Docente:
MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01)
PROFESOR BACHILLERATO DE ADULTOS
ARTÍCULO 2º.- Prorrogar el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Prorrogar el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Prorrogar el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Prorrogar el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el periodo que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Prorrogar el pago, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 110 - Inc. 1 - para Piñeiro: Programático 25-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 – para Izzo: Programático 26-00-00 - Fin/Fun. 3-4-3 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 - para el Art. 2º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 1 – Ap. 5 - para el Art. 3º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 1 – Ap. 14 - para el Art. 4º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 5º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 1 – Ap. 12 - para el Art. 6º: P.P. 2 – P.p. 2 – P.Sp. 3 – F.Fin. 131.
ARTÍCULO 8º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI