Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº1403/2022

Decreto Nº 1403/2022

Benito Juarez, 03/10/2022

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº 46/2022, donde mediante Licitación Publica Nº 13/22, se adjudicó al proveedor “CONSTRUCTORA CASFER S.A.” la realización de la obra de construcción de cordón cuneta en Barrio Pachán,  de la ciudad cabecera Partido de Benito Juárez; y

Considerando

que la obra ha sido adjudicada mediante Decreto Municipal Nº 1173/2022 de fecha 23 de Agosto de 2022, y previo a la suscripción del correspondiente contrato, la empresa desiste de la obra por imposibilidad de ejecutarla;

QUE a fs. 445 la empresa “AZUL BALMOSAT S.R.L” manifiesta que se encuentra en condiciones de ejecutar la obra en las condiciones ofertadas a fs. 216 y 318, siendo ésta la segunda oferta más económica y encontrándose dentro del presupuesto oficial;

QUE a fs. 447 obra dictamen de  Asesoría Legal, sugiriendo aceptar el desistimiento de la oferta por parte del proveedor “CONSTRUCTORA CASFER S.A.”,  proceder a la ejecución de las penalidades previstas en el art. 32 inc. a del pliego de bases y condiciones de la Licitación Pública N° 13/22 y adjudicar la obra en cuestión, a la empresa “AZUL BALMOSAT S.R.L”;

QUE la Secretaría de Gobierno propicia otorgar el acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.- Acéptese el desistimiento de la oferta efectuada por la empresa “CONSTRUCTORA CASFER S.A.”, respecto de la realización de la obra de construcción de cordón cuneta en Barrio Pachán, de la ciudad cabecera  del Partido de Benito Juárez y autorizase la ejecución de las penalidades previstas en el art. 32 inc. a del pliego de bases y condiciones de la Licitación Pública N° 13/022 , de acuerdo a actuado en el Expte. Letra “O” Nº 46/2022.

Artículo 2º.- Adjudíquese a la empresa “AZUL BALMOSAT S.R.L”, la realización de la obra de construcción de cordón cuneta en Barrio Pachán, de la ciudad cabecera  del Partido de Benito Juárez, de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “O” Nº  46/2022.

Artículo 3º.- Por Asesoría Legal, Notifíquese.

Artículo 4º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 5º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Jefatura de Gabinete, Secretarías de Gobierno, de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, Contaduría, Presupuesto y Auditoria, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y

SERVICIOS PUBLICOS

ARQ. DIEGO ROSSETTI

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 1403.-