Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 357
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 14/12/2022
Visto los presentes actuados, iniciados por la Directora de Acción Cultural y el Director del Instituto Cultural, en los que comunican que en cumplimiento de la Ordenanza Nº 9116, Creación del Fondo Municipal de las Artes, y habiéndose reunido el Consejo Consultivo del Instituto Cultural para la evaluación de propuestas, según consta en Acta cuya copia fiel obra a fs. 6 a 7 del presente expediente; donde se indica que fue aprobado el proyecto presentado por la señora Marisa Angélica FAGIOLI, para afrontar los gastos emanados de la publicación de un libro llamado “¿Cuántos mapas hay en el mapa de Bahía Blanca? Voces que lo cuentan”, entre los que se incluyen la edición e impresión de los ejemplares, maquetación y registro ISBN, entre otros que se pudieran ocasionar. Por lo expuesto y teniendo en cuenta la verificación del Crédito Presupuestario y a la imputación de la Contaduría General a fs. 1 Vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de Marisa Angélica FAGIOLI – C.U.I.T./L.: 27-12663540-6, por la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) a fin de solventar los gastos emanados de la publicación de un libro llamado “¿Cuántos mapas hay en el mapa de Bahía Blanca? Voces que lo cuentan”, entre los que se incluyen la edición e impresión de los ejemplares, maquetación y registro ISBN, entre otros que se pudieran ocasionar, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a Marisa Angélica FAGIOLI – C.U.I.T./L.: 27-12663540-6, la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000) atento a lo indicado en el artículo Primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 131, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 01. 11. 00, Gasto. 5.1.4.0.-
CUARTO: Notifíquese a la persona Beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de doce (12) meses, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
QUINTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-
SEXTO: Cúmplase, notifíquese a la persona recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, hecho: RESÉRVESE hasta tanto se acredite el cumplimiento de lo establecido en el Art. 5º de la presente resolución.-