Boletines/Lobería

Decreto Nº1995-22

Decreto Nº 1995-22

Lobería, 15/11/2022

DISPONESE el depósito en el Sector de Materiales Recuperables Municipal (SEMAR).

Visto

Lo dispuesto por los artículos 107, 108 inciso 5° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ordenanza N° 068/93, el Expediente Denuncia N° 0013/22; y

Considerando

QUE, el Juzgado de Faltas ha librado un oficio en la causa caratulada “RIVALDO, SAÚL EDUARDO S/ DENUNCIA INF. ARTS. 86 Y 88 ORD. MUN. 068/93” Expte Denuncia N° 0013/22, en el marco de lo dispuesto en la Ordenanza 068/93, Código Contravencional del Partido de Lobería, a través del cual se informa que se procedió al decomiso de mercadería perecedera;                                   

QUE, consecuentemente se procedió a incautar la cantidad de un mil doscientos sesenta y cuatro (1.264) bidones con aceite falso de 4,5 litros de capacidad cada uno;

QUE, tratándose de mercadería no apta para el consumo humano, se dispuso el destino más adecuado a su naturaleza propendiendo además a la reutilización de la misma de acuerdo a los estándares actuales;

QUE, consecuentemente se depositarán los mismos en el Sector de Materiales Recuperables Municipal (SEMAR) para ser entregados a la empresa que lo desnaturaliza en la producción de bio diesel;

POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en ejercicio de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1° DISPONESE el depósito en el Sector de Materiales Recuperables Municipal (SEMAR) de los elementos decomisados según Expediente Denuncia N° 0013/22, consistente en un mil doscientos sesenta y cuatro (1.264) bidones con aceite de 4.5 litros de capacidad cada uno, para ser entregados a una empresa que lo desnaturaliza en la producción de bio diesel.

ARTÍCULO 2° Tomen conocimiento Juzgado de Faltas, Asesoría Letrada, Dirección de Ambiente y Hábitat, División Bromatología y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO Nº 1.995-22