Boletines/Suipacha
Decreto Nº 82/2018
Suipacha, 16/02/2018
Visto
La nota presentada por el Secretario de Deportes Municipal que diera origen al Expediente Nª 149/2018; yLa nota presentada por el Secretario de Deportes Municipal que diera origen al Expediente Nª 149/2018; y
Considerando
Que a través de la misma se solicita se declare de Interés Municipal la presentación del Programa de Desarrollo y Formación en Fútbol Infantil;
Que el mencionado Programa engloba a chicos y chicas de la Provincia de Buenos Aires de 6 a 13 años, ofreciendo la posibilidad de aprender a jugar al futbol incorporando valores para su vida como así también capacitación continua a los profesionales, talleres, charlas y clínicas con jugadores profesionales, visitas a estadios y partidos de futbol profesional, etc;
Que se desarrollará durante todo el año y es objetivo de este Programa seguir aportando a la formación, tanto en valores como en el deporte, fomentada a través de actividades recreativas y formativas, prácticas de fútbol, entrenamientos y competencias internas;
Que este Departamento Ejecutivo estima de sumo interés la realización de este programa, por ello, el suscripto,
Intendente Municipal del Partido,
En uso de sus atribuciones decreta
Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la ejecución del “Programa de Desarrollo y Formación en Futbol Infantil”, que se llevará a cabo durante el presente ejercicio y cuya presentación se realizará el próximo 27 de Febrero a las 18.00 Hs. en el Salón Municipal.
Artículo 2º: Autorízase a la Contaduría Municipal a realizar los gastos que surjan con motivo de la implementación citada en el Artículo 1º.
Artículo 3º: El gasto que demande lo establecido en el Artículo 1° se imputará a la siguiente partida:
1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 - Departamento Ejecutivo
1110115000 – Secretaría de Deporte
18- Desarrollo del Deporte
01 –Promoción e Incentivo del Deporte
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.
Artículo 5º: Cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.