Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20807
Bahia Blanca, 11/08/2022
Visto:
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 28 y 29, referido a las recategorizaciones de los agentes Diego Damián Pacheco, legajo nº 14.652, y Marcelo Eduardo Abdala, legajo nº 12.904, dependientes de la Delegación Las Villas.
Y considerando:
Que mediante Resolución 69/2022 de fecha 8 de febrero de 2022 se designó en forma interina al agente Diego Damián Pacheco, legajo nº 14.652, en categoría 06/5A, dependiente de la Delegación Las Villas (oficina nº 117), manteniendo la jornada horaria ampliada de cuarenta y cuatro (44) horas semanales y su categoría efectiva, a partir del 1º de agosto de 2021 y por el término de un (1) año tal lo establecido en el artículo 17 del Convenio Colectivo de Trabajo.
Que mediante dicha Resolución se designó en forma interina al agente Marcelo Eduardo Abdala, legajo nº 12.904, en categoría 06/3A, dependiente de la Delegación Las Villas (oficina nº 117), manteniendo la jornada horaria ampliada de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, y su categoría efectiva, a partir del 1º de agosto de 2021 y por el término de un (1) año tal lo establecido en el artículo 17 del Convenio Colectivo de Trabajo.
Que a raíz de dichas recategorizaciones, surge del informe del Departamento Administración del Personal de fojas 13, que debía elevarse al H. Concejo Deliberante las presentes actuaciones a efectos de reconocer la deuda del ejercicio 2021.
Que por dicha razón, el Departamento Administración del Personal informa que al agente Diego Damián Pacheco, legajo nº 14.652, por el período comprendido desde el 1º de agosto de 2021 al 31 de diciembre de 2021, deberá erogar la suma de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 24.455,66) del cual surge el monto a liquidar a favor del agente la suma de DIECISEIS MIL TRESCIENTOS QUINCE PESOS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 16.315,96) en concepto de diferencia de categoría.
Que a fojas 13 el mencionado Departamento informa que al agente Abdala Marcelo Eduardo, legajo nº 12.904, por el período comprendido desde el 1º de agosto de 2021 al 31 de diciembre de 2021, deberá erogar la suma de OCHENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON CATORCE CENTAVOS ($80.876,14) del cual surge el monto a liquidar a favor del agente la suma de CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 51.588,19)en concepto de diferencia de categoría.
Que a fojas 18 el Departamento Contaduría General informa "..el gasto mencionado en el presente expediente no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2021, por lo cual no está incluido en la Deuda Flotante.
A tal fin debe darle cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad, y 54 del Decreto 2980, los cuales disponen: "El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal sin previa comprobación – hecha en expediente especial – de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo" ."Por todo lo expuesto, esta Contaduría informa que la imputación del presente gasto correspondía en su año de origen, a las partidas 1116, 1131, 1140, 1161 y 1162 Categoría Programática 01.01.00 Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110119000."
Que a fojas 24 la Comisión Segunda de Hacienda del Honorable Concejo Deliberante advierte un error en el artículo 3º del proyecto de ordenanza obrante a fojas 19/19vlta. En lo que respecta a la imputación.
Que a fojas 27 el Departamento Contaduría General sugiere modificar el artículo de imputación de dicho proyecto de ordenanza, en un todo de acuerdo a la observación realizada por el Departamento Legislativo.
Por lo expuesto, y teniendo en cuenta la liquidación del Departamento Administración del Personal a fojas 14 y 17, la imputación del Departamento Contaduría General a fojas 27, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a través del Departamento Administración del Personal a efectuar la erogación de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 24.455,66), en concepto de designación en forma interina en categoría 06/5A y el Adicional por Función Chofer de Camión, al agente Diego Damián Pacheco, legajo nº 14.652, perteneciente a la Delegación Las Villas, por el período comprendido entre el día 1º de agosto de 2021 hasta el día 31 de diciembre de 2021.
Artículo 2º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a través del Departamento Administración del Personal a efectuar la erogación de OCHENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON CATORCE CENTAVOS (80.876,14), en concepto de designación en forma interina en categoría 06/3A al agente Abdala Marcelo Eduardo, legajo nº 12.904, perteneciente a la Delegación Las Villas, por el período comprendido entre el día 1º de agosto de 2021 hasta el día 31 de diciembre de 2021.
Artículo 3º – El gasto que demande lo dispuesto en los artículos 1º y 2º deberán imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 01.01.00, Gastos 1.1.1.6, 1.1.4.0, 1.1.3.1, 1.1.6.1 y 1.1.6.2 del Presupuesto de Gastos correspondientes al año 2021, deberá imputarse en la Deuda Flotante del Presupuesto de Gastos del ejercicio vigente.
Artículo 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-