Boletines/Rauch
Decreto Nº 559/22
Rauch, 10/06/2022
Visto
El informe enviado por la Secretaría de Hacienda, informando la necesidad de realizar una modificación presupuestaria en el Presupuesto en curso, con motivo de actualizar diferentes partidas.-
El Art. 11 de la Ordenanza Complementaria N° 1482/21.-
El Art. 75 del Reglamento de Contabilidad.-
El Art. 119 de la Ley Orgánica de la Municipalidades; y
Considerando
Que es necesario actualizar las partidas presupuestarias en función de la atribución conferida para ello.
Que en este sentido, la intención es dejar las partidas de la deuda flotante tal cual fueron ejecutadas y no como fueron estimadas.
Que en torno a ello, es necesario suplir partidas ascendiendo a un total de pesos diez millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y ocho con cincuenta y cinco centavos ($ 10.254.588,55).
Que las fuentes de financiamiento son diversas como recursos propios, de origen municipal, provincial y nacional.
Que de la fuente de financiamiento 110- Tesoro Municipal la suma es de pesos treinta y tres mil ($ 33.000,00).
Que de la fuente 131- Origen Municipal el importe asciende a pesos setecientos sesenta y ocho mil setecientos noventa y siete con noventa y dos centavos ($ 768.797,92).
Que en igual sentido, se suple en pesos siete millones doscientos noventa y ocho mil doscientos treinta y dos con veintiséis centavos ($ 7.298.232,26) respecto a la fuente 132- Origen Provincial.
Que por último, se corresponde con la fuente de financiamiento 133 – Origen Nacional la suma de pesos dos millones ciento cincuenta y cuatro mil quinientos cincuenta y ocho con treinta y siete centavos ($2.154.558,37).
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Rauch, en uso de las facultades que le son propias:
D E C R E T A.-
Artículo 1ro.- Autorizar a Contaduría Municipal a suplir en el Presupuesto de Gastos vigente, partidas presupuestarias con economía por aquellas con exceso en su ejecución, en la suma pesos diez millones doscientos cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y ocho con cincuenta y cinco centavos ($ 10.254.588,55), en función de los considerandos del presente, y según el detalle que se expone a continuación:
| GASTOS | ||||
| Estructura Programática | Fuente | |||
| de | Imputación | Importe | ||
| Financiamiento | ||||
| 1110106000 - 92.00.00 - Deuda Flotante | 110 - Tesoro Municipal | 7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto plazo | 33,000.00 | |
| 1110106000 - 01.00.00 - Intereses | 110 - Tesoro Municipal | 7.3.3.0 - Intereses de préstamos de provincias | -33,000.00 | |
| 1110106000 - 92.00.00 - Deuda Flotante | 131 - De origen municipal | 7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto plazo | 768,797.92 | |
| 1110106000 - 01.00.00 - Intereses | 131 - De origen municipal | 7.3.3.0 - Intereses de préstamos de provincias | -735,000.00 | |
| 1110106000 - 93.00.00 - Amortización de la Deuda | 131 - De origen municipal | 7.5.3.0 - Préstamos recibidos de provincias | -33,797.92 | -768,797.92 |
| 1110106000 - 92.00.00 - Deuda Flotante | 132 - De origen provincial | 7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto plazo | 7,298,232.26 | |
| 1110104000 - 23.01.00 - Atención de Servicios Rurales | 132 - De origen provincial | 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire | -1,000,000.00 | |
| 1110104000 - 23.01.00 - Atención de Servicios Rurales | 132 - De origen provincial | 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena | -1,000,000.00 | |
| 1110104000 - 23.01.00 - Atención de Servicios Rurales | 132 - De origen provincial | 2.9.9.0 - Otros | -500,000.00 | |
| 1110104000 - 23.02.00 - Mantenimiento | 132 - De origen provincial | 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios | -1,000,000.00 | |
| 1110104000 - 28.00.00 - Mantenimiento de Edificios Municipales | 132 - De origen provincial | 1.1.1.0 - Retribuciones del cargo | -3,798,232.26 | -7,298,232.26 |
| 1110106000 - 92.00.00 - Deuda Flotante | 133 - De origen nacional | 7.6.1.0 - Disminución de cuentas a pagar comerciales a corto plazo | 2,154,558.37 | |
| 1110104000 - 24.65.00 - PNV - 30 Viviendas | 133 - De origen nacional | 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica | -500,000.00 | |
| 1110104000 - 24.65.00 - PNV - 30 Viviendas | 133 - De origen nacional | 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso | -1,500,000.00 | |
| 1110104000 - 24.65.00 - PNV - 30 Viviendas | 133 - De origen nacional | 2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana | -154,558.37 | -2,154,558.37 |
Artículo 2do.- El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete, en ejercicio e interinamente a cargo de la Secretaría de Hacienda.-
Artículo 3ro.- Cúmplase, comuníquese, tomen conocimiento las oficinas Municipales que correspondan, y dese al Libro de Decretos.-
Fdo. Dr. Gustavo Javier Palazzo - Jefe de Gabinete.
Fdo. Cr. Roberto Maximiliano Suescun - Intendente Municipal.