Boletines/Chascomús

Decreto Nº923/22

Decreto Nº 923/22

Chascomús, 28/09/2022

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-158915/G caratulado “Prescripción Adquisitiva, Pda.  19909, iniciado por el Sr. GRAMONT Marcelo Oscar, y

Considerando

Que la Ley Provincial N° 24.320 de prescripción administrativa otorga el marco jurídico para proceder a la regularización dominial de un inmueble.

Que en el marco de dicha normativa se han cumplimentado los requisitos exigidos para proceder con la prescripción adquisitiva del inmueble.

Que de acuerdo a la documentación que se acompaña en el expediente administrativo N° 4030-158915/G ha quedado acreditado la posesión ejercida por el Sr GRAMONT Marcelo Oscar, DNI: 22.526.255, en forma pública, pacífica, continúa e ininterrumpida por más de 20 años en el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II; Sección D; Ch 81, Manzana 81s; Parcela 9, Pda. 19.909, Mat. 15179 del Partido de Chascomús; según plano de origen N° 27-10-50 que figura a Fs.77 del presente.

Que por esta vía se efectivizan objetivos tales como el de asegurar el afianzamiento del dominio y la vivienda familiar, atendiendo el requerimiento de la sociedad.

Que el mencionado ha firmado a favor de la Municipalidad de Chascomús contrato de Cesión de Acciones y Derechos Posesorios ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Declárese la Prescripción Administrativa ad referéndum del H.C.D sobre el terreno designado Catastralmente como Circ II. Secc. D, Ch.81, Mz 81s, Pc 9, Pda. 19.909, Mat. 15.179 del Partido de Chascomús, según plano de origen N° 27-10-50.-

ARTÍCULO 2º.- Déjese establecido que se ha acreditado la posesión pública, pacifica, continua e ininterrumpida durante más de veinte años sobre el inmueble antes descripto por el Sr. GRAMONT, Marcelo Oscar, DNI 22.526.255, quien ha cedido las Acciones y los Derechos Posesorios a favor de la Municipalidad de Chascomús.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada,  Subsecretaría de Tierras y Urbanismo, Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Ingresos Públicos y beneficiarios.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el señor secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese a Registro Municipal y  archívese.-