Boletines/Chascomús
Decreto Nº 921/22
Chascomús, 28/09/2022
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-158264/S, caratulado: “Prescripción Adquisitiva partida N° 11296”, iniciado por los Sres. SAINT JEAN Cristina Noemí y CARBALLO, Mario Daniel; y
Considerando
Que la Ley Provincial N° 24.320 de Prescripción Administrativa otorga el marco jurídico para proceder a la regularización dominial de un inmueble.
Que en el marco de dicha normativa se han cumplimentado los requisitos exigidos para proceder con la Prescripción Adquisitiva del inmueble.
Que de acuerdo a la documentación que se acompaña en el expediente administrativo N° 4030-158264/S ha quedado acreditado la posesión ejercida por los Sres. SAINT JEAN Cristina Noemí, DNI: 27.882.500 y CARBALLO Mario Daniel, DNI: 25.679.724, en forma pública, pacífica, continua e ininterrumpida por más de 20 años en el inmueble designado catastralmente como Circ II. Secc. D, Ch.82, Mz 82d, Pc 7, Pda. 11296, Folio N° 598/61 del Partido de Chascomús, según plano de origen N° 27-8- 49 que figura a Fs. 40. Del presente.
Que por esta vía se efectivizan objetivos tales como el de asegurar el afianzamiento del dominio y la vivienda familiar, atendiendo el requerimiento de la sociedad.
Que los mencionados han firmado a favor de la Municipalidad de Chascomús contrato de Cesión de Acciones y Derechos Posesorios ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante-
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Declárese la Prescripción Administrativa ad referéndum del H.C.D sobre el terreno designado Catastralmente como Circ II. Secc. D, Ch.82, Mz 82d, Pc 7, Pda. 11.296, Folio N° 598/61 del Partido de Chascomús, según plano de origen N° 27-8- 49.-
ARTÍCULO 2º.- Déjese establecido que se ha acreditado la posesión pública, pacifica, continua e ininterrumpida durante más de veinte años sobre el inmueble antes descripto por la Sra. SAINT JEAN Cristina Noemí, DNI 27.882,500 y el Sr. CARBALLO Mario Daniel, DNI 25.679.724, quienes han cedido las Acciones y los Derechos Posesorios a favor de la Municipalidad de Chascomús.-
ARTICULO 3º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Subsecretaría de Tierras y Urbanismo, Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Ingresos Públicos y beneficiarios.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese a Registro Municipal y archívese.-