Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5671/22

Ordenanza Nº 5671/22

Chascomús, 22/09/2022

VISTO:

Los Expedientes Administrativos Nº 4030 – 118283/I caratulado “Corrimiento de línea municipal sobre frente de inmueble I - A – 12 – 2C” iniciado por Ricardo Iriarte y otros, y el Expediente Nº 4030-150559/S caratulado “Lote de Nomenclatura Catastral: Circ. I, Secc. A, Mz. 12, Pc 1a - Falta de vereda suficiente para el tránsito peatonal” iniciado por SANCHEZ, Ariel – ACRIZZI SA., y;

CONSIDERANDO:

Que, en ambos expedientes administrativos, quienes los iniciaron manifestaron su interés por adquirir el sobrante fiscal identificado catastralmente como: Circunscripción I, Sección A, Manzana 12, Parcela 2A.-

Que, la relación entre los interesados y la Municipalidad de Chascomús ha tenido variadas aristas, tanto de carácter administrativo como judicial.-

Que, una de las partes impetró el juicio, autos caratulados: “Iriarte Fernando Matías y otros c/ Municipalidad de Chascomús s/ Pretensión Declarativa de Certeza – Otros Juicios” expte. 18623-2021, de trámite por ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo, a cargo del Dr. Antonio Marcelino Escobar, Departamento Judicial Dolores, donde se ordenó una medida cautelar sobre la parcela consignada.-

Que, llevada adelante las negociaciones y charlas pertinentes a fin de intentar arribar a una solución sobre las pretensiones esgrimidas por los interesados, nos encontramos próximos a la resolución de las mismas.-

Que, por un lado, el Sr. Ariel Sánchez, en representación de ACRIZZI SA remitió una carta documento donde manifiesta que ya no tiene interés en adquirir el sobrante fiscal mencionado.-

Que, también ingresó una nota suscripta por los hermanos Iriarte y el Sr. Carlos Hugo Coni, de fecha 6 de Mayo del 2022, manifestando su interés en la adquisición del sobrante fiscal, ofreciendo un importe de dinero y demás condiciones en las que proponen se concrete la operación de venta a su favor.-

Que, el D.E. remitió nota suscripta por el Secretario de Gobierno con fecha 23 de Agosto del 2022 ingresada al Honorable Concejo Deliberante bajo el Nº 274 del año 2022 haciendo mención a la oferta de los Hnos. Iriarte y el Sr. Coni.-

Que, atento la situación particular que se originó respecto de la Línea Municipal, debe encomendarse al D.E. a que rectifique la línea Municipal para la nomenclatura catastral como Circ. I, Secc. A, Mz. 12, sobre calle Alvear entre las calles Caseros y Maipú.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta del sobrante fiscal resultante de la nueva mensura denominado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 12, Parcela 2A a los oferentes que suscriben la nota ingresada a la Municipalidad con fecha 19/08/2022 bajo el Nº 159405/I contenida en el Expte. Nº 4030-118283/I.  Asimismo, se autoriza tal venta de conformidad con la normativa legal vigente, con las condiciones mínimas mencionadas en la nota Nº 274 suscripta por el Secretario de Gobierno municipal de fecha 23 de Agosto del 2022 ingresada al H.C.D.-

ARTÍCULO 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo a exigir a los adquirentes que previa o simultáneamente con la firma de cualquier documento referente a la venta que se autoriza en el Artículo 1º desistan del proceso judicial entablado contra la Municipalidad de Chascomús.-

ARTÍCULO 3º.- Encomiéndese al DE a realizar las diligencias pertinentes con el objeto de rectificar la nomenclatura: Circunscripción I, Sección A, Manzana 12 sobre calle Alvear e/ Caseros y Maipú de manera que se garantice un ancho mínimo de 2.5 metros de vereda medidos desde el cordón.-

ARTÍCULO 4º.- Determínese que la totalidad de los fondos que ingresen al erario municipal por la venta que se autoriza en el Artículo 1°, se afecten a la adquisición de bienes de capital y/o construcción y/o refacción de bienes inmuebles municipales, informando plan de inversión al Honorable Concejo Deliberante dentro de los cuarenta y cinco (45) días de ingresado el dinero producto de la venta.-

ARTICULO 5°.- De forma.-