Boletines/Chascomús
Decreto Nº 882/22
Chascomús, 22/09/2022
RENUNCIA
Visto
El Expediente Electrónico EX-2022-00021058-CHASCOMUS-DAL#SG, iniciado con motivo de las inasistencias injustificadas del agente APESTEGUIA, Jorge Luis; y
Considerando
Que mediante Carta Documento del Correo Argentino CD142044752, se intimó al agente APESTEGUIA Jorge Luis, a que se reintegre a su puesto de trabajo, atento las inasistencias injustificadas desde el 26/08/2022 (Art. 108 Ley 14.656), bajo apercibimiento de cesantía.
Que la misma fue recibida el día 09/09/2022 a las 11:08 hs., conforme constancia del Correo Argentino obrante al orden número 5 del Expediente Electrónico referido.
Que con fecha 09/09/2022 se recibe telegrama de renuncia del agente remitido el día 08/09/2022 a las 13:41 hs., (v. orden 6 del Expediente Electrónico), es decir, con anterioridad a la recepción de la intimación efectuada.
Que la renuncia presentada debe ser aceptada en los términos del inc. b del Art. 98 de la Ley 14.656.
Que el agente perteneciente a la Planta Permanente se desempeñaba en la Dirección de Higiene Urbana, Secretaria de Servicios Públicos.
Que el cese de la vinculación entre la Municipalidad de Chascomús y el agente se produce por la renuncia que el mismo ha presentado a partir del día 08/09/2022, sin perjuicio del descuento correspondiente en sus haberes por las inasistencias injustificadas ocurridas desde el 26/08/2022.
Que a los fines de su aceptación es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Acéptese la renuncia presentada por APESTEGUIA, Jorge Luis, DNI Nº 31.689.956, Legajo 9.538, a partir del día 08/09/2022.-
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Secretaria de Servicios Públicos, Dirección de Higiene Urbana, Dirección de Administración Capital Humano Municipal, Liquidaciones y a APESTEGUÍA Jorge Luis en su domicilio, sito en calle González Chávez N° 751 de Chascomús.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese a Registro Municipal y archívese.-