Boletines/Chascomús
Resolución Nº 253/22
Chascomús, 28/09/2022
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-146641/R sobre “Solicitud de Cambio de Contribuyente y Prescripción Deuda Tributaria Partida 32.216” iniciado por el Sr. ROMERO, Fernando Horacio; y
Considerando
Que se presenta el Sr. Fernando Horacio ROMERO, DNI: 22.840.894, con domicilio en la calle Las Acacias N° 105 de la ciudad de la ciudad de Chascomús, solicitando el cambio de contribuyente y la prescripción de deuda por Tasas Municipales que posee la Partida Inmobiliaria Nº 32.216, correspondiente al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción III, Sección B, Quinta 1, Parcela 15.
Que a los fines de que se proceda al cambio de contribuyente, acompaña la sentencia de fecha 09 de febrero del año 2021 de la Información Sumaria, la cual tiende acreditar que el Sr. ROMERO, Fernando Horacio ocupa el inmueble antes descripto.
Que la información sumaria tramitó por ante el Juzgado de Paz Letrado de Chascomús, en los autos caratulados: “ROMERO, Fernando s/ Información Sumaria”, Expediente N° 34.075-18.
Que además adjunta informe de dominio, en el cual surge como titular registral la Sra. MINGUILLON, María Esther, quien también resulta ser contribuyente conforme los registros municipales.
Que en consecuencia, con fecha 21 de Marzo de 2022, desde el área de Catastro de la Municipalidad se le envía nota a la Sra. MINGUILLON, María Esther, a los fines de informarle que “…el Sr. Fernando Romero ha presentado una información sumaria, donde manifiesta que están haciendo posesión pacifica del bien inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción III, Sección B, Quinta 1, Parcela 15, que de acuerdo a nuestros registros figuran a su nombre, por lo que solicitamos nos informe por escrito (debiendo adjuntar la documentación respaldatoria del bien), en un plazo no mayor de cinco días de recibida la presente, si ha autorizado tal ocupación, caso contrario se dará curso favorable a lo solicitado por el peticionante.”
Que el Correo Argentino informa, que el domicilio se encontraba cerrado/ausente, dejando aviso de visita con fecha 25/03/2022, sin que hasta el momento se hubiera recibido oposición al cambio de contribuyente peticionado.
Que por su parte, y con respecto a la solicitud de Prescripción de deuda de las Tasas Municipales de la Partida Inmobiliaria N° 32.216, el art. 65 de la Ordenanza Fiscal vigente establece que “La prescripción de las facultades y poderes de la Municipalidad para determinar las obligaciones fiscales y exigir el pago de las mismas, se interrumpe: a) Por el reconocimiento por parte del contribuyente o responsable de su obligación. b) Por cualquier acto administrativo o judicial tendiente a obtener el pago”.
Que se ha verificado que la Partida Nº 32.216 registra deuda de periodos que, de acuerdo a la normativa vigente, debería reconocerse la prescripción, no habiéndose constatado interrupción de dicho plazo (conf. artículo 278 LOM) por lo que en virtud de lo establecido en el artículo antes citado y el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación, deberá reconocerse la prescripción de las deudas relacionadas a la Partida mencionada desde la cuota 1/1992 hasta la cuota 4/2012, inclusive.
En consecuencia la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que teniendo en consideración la documentación presentada por el peticionante, y la falta de respuesta por parte de la actual contribuyente, ya que se le dejó aviso de visita del Correo Argentino y hasta la fecha no se ha presentado documentación alguna al respecto, ni tampoco oposición a la ocupación por parte del Sr. Romero, Fernando Horacio, podrá hacerse lugar al cambio de contribuyente de Tasas Municipales solicitado (conf. art. 1909 del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal) consignándose como tal al Sr. ROMERO, Fernando Horacio, DNI Nº 22.840.894, con domicilio en la calle Las Acacias N° 105 de Chascomús y domicilio fiscal electrónico constituido ferrome79@g,ail.com como así también hacer lugar a la prescripción de deuda por Tasa de Servicios Generales de la Partida Inmobiliaria N° 32.216 desde la cuota 01/1992 hasta la cuota 04/2012 inclusive.
Por ello los Sres. Secretarios de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro) y de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en forma conjunta en uso de sus atribuciones.
RESUELVEN
ARTICULO 1º.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N° 32.216 consignándose como tal al Sr. ROMERO, Fernando Horacio, DNI Nº 22.840.894, (conf. art. 1909 del CCyC y 110 de la Ordenanza Fiscal) con domicilio en calle Las Acacias N° 105 de Chascomús, Provincia de Buenos Aires y domicilio fiscal electrónico constituido ferrome79@gmail.com de conformidad con lo expuesto en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Reconocer la prescripción solicitada por deuda de la Tasa de Servicios Generales del inmueble citado en el artículo anterior desde la cuota 01/1992 hasta la cuota 4/2012 inclusive.-
ARTICULO 3º.- Modifíquese la deuda registrada en la cuenta corriente de la partida referida en los artículos anteriores.-
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese en forma digital a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales, Gestión de Cobros, y al peticionante.-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-