Boletines/Chascomús
Resolución Nº 234/22
Chascomús, 07/09/2022
Visto
El EX-2022-00018982- -CHASCOMUS-SSTV#SG caratulado “Solicitar cambio de contribuyente a nombre de Mendivil, Daniel Horacio. Circ. V. Secc. A. Mza.35. Pc.30. PDA: 15616” iniciado por Mendivil, Daniel Horacio; y;
Considerando
Que del mencionado expediente el peticionante solicita el cambio de contribuyente sobre la Partida 15. 616, por lo que acredita Informe de Dominio por Información Sumaria.
Que surge de la copia del instrumento del Informe de Dominio por Información Sumaria, que el peticionante es ocupante desde hace 5 (cinco) años del mismo de manera pacífica y con visualización de ser propietario en un futuro sobre el inmueble que resulta según nuestro registro (EFIMUNI), el Sr. KRASNOV, Abraham el actual contribuyente registrado.
Que constan dentro del citado expediente, las notificaciones correspondientes, enviadas al contribuyente registrado, siendo estas devueltas por desconocerse el domicilio actual del mismo.
Que se ha constatado que no surge de los registros municipales deuda por Tasa de Servicios encontrándose vigente un plan de pagos realizado.
Que conforme surge de lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal, resulta contribuyente de las Tasas de Servicios Generales y Servicios Sanitarios el poseedor a título de dueño (conf. Art. 110), en consecuencia, esta Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que se podrá autorizar la solicitud efectuada.
Por ello, los Señores Secretarios de Gobierno (Cipriano Perez del Cerro) y Hacienda (Juan Facundo Alfonsin) en forma conjunta, en uso de sus atribuciones
RESUELVEN
ARTICULO 1.- Hacer lugar a la solicitud de cambio de contribuyente de las tasas municipales que gravan al inmueble identificado con la Partida Inmobiliaria N ° 15.616 a favor del Sr. MENDIVIL, Daniel Horacio, DNI N.º 12.547.160 (conf. Art. 110 de la Ordenanza Fiscal vigente) con domicilio en calle Castelli N° 327 de la ciudad de Chascomús con domicilio fiscal electrónico constituido en danielhoraciomendivil@hotmail.com.
ARTICULO 2°.- Notifíquese en forma digital a Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Cómputos, Legales y peticionante.-
ARTICULO 3º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-