Boletines/Chascomús
Resolución Nº 225/22
Chascomús, 23/08/2022
Visto
El Expediente Administrativo Nº 4030-149820/M caratulado: “S/ Información Sumaria” iniciado por Esteban Genaro MOLINA; y el Expediente Administrativo N° 4030-157339/F caratulado: “Solicitud de cambio de titularidad de impuestos y tasas municipales, solicitud de número de calle de la partida 30875”, iniciado por Susana Andrea FIADONE; y;
Considerando
Que en el Expediente Administrativo N° 4030-149820/M se presentó Esteban Genaro MOLINA, DNI Nº 27.728.031, con domicilio en Avda. de Las Barrancas N° 348 de Chascomús, constituyendo domicilio electrónico fiscal en estebangmolina@hotmail.com, solicitando el cambio de contribuyente de las Tasas Municipales correspondientes al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción XI, Sección M, Manzana 78, Parcela 1, Partida Inmobiliaria N° 30.875, inscripto en la Matricula N° 6.313, del Partido de Chascomús, haciendo su petición en su carácter de poseedor con ánimo de dueño.
Que a tales efectos, acompañó como documentación respaldatoria, copia del testimonio de la sentencia que aprobó con fecha 09/08/2018 la Información Sumaria tramitada en autos “MOLINA, Esteban Genaro s/ Información Sumaria”, Expediente N°28.983-2015, tendiente a acreditar su ocupación sobre el inmueble descripto.
Que con fecha 25 de Septiembre del año 2020, la Dirección de Catastro informó que respecto de la parcela 1, Partida Inmobiliaria N° 30.875, se procedió al cambio de contribuyente a nombre del solicitante MOLINA, Esteban Genaro, por aplicación del Decreto N° 99/12 sin que se hubiera dictado el pertinente acto administrativo puntual, razón por la cual, advertida dicha omisión, por Resolución del Secretario de Gobierno Interino N° 95/22 de fecha 03/05/2022 se procedió a formalizar su solicitud.
Que por su parte, con fecha 14/02/2022 se formó el Expediente Administrativo N° 4030-157339/F a raíz de la presentación realizada por Susana Andrea FIADONE, DNI Nº 20.042.347, con domicilio en calle De Los Nísperos N° 263 de Chascomús, constituyendo domicilio electrónico fiscal en andreafiadone11@gmail.com, solicitando el cambio de contribuyente de las Tasas Municipales correspondiente al inmueble denominado catastralmente como Circunscripción XI, Sección M, Manzana 78, Parcela 1, Partida Inmobiliaria N° 30.875, inscripto en la Matricula N° 6313, del Partido de Chascomús, es decir, el mismo inmueble referido en los párrafos anteriores.
Que adjuntó copia certificada de escritura de Cesión de Acciones, Derechos Posesorios y Derechos Litigiosos, que fuera celebrada ante la Notaria Titular del Registro N° 378 del Distrito Notarial La Plata, María Inés Quiroga, registrada con el N° 10; entre Jorge Alberto CERRA y la peticionante, con fecha 22 de Enero del año 2022.
Que la escritura ut supra mencionada, en su cláusula PRIMERO expresa que : “El cedente Jorge Alberto CERRA, CEDE Y TRANSFIERE a favor de la parte cesionaria Susana Andrea FIADONE, todas las acciones y derechos posesorios, como así mismo los derechos litigiosos que eventualmente puedan surgir e incluso los ya iniciados por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 del Departamento Judicial de Dolores, en autos caratulados: “CERRA JORGE ALBERTO C/ LA AURORA S.C.A S/ ESCRITURACION”, Expediente N° 55868 que tiene y le corresponde sobre el inmueble, libre al día de hoy y en el estado de conservación en el que se encuentra… según plano de Mensura y división característica 27-77-69, como LOTE UNO DE LA MANZANA SETENTA Y OCHO. Nomenclatura Catastral: Circunscripción: XI, Sección: M, Manzana 78; Parcela: 1.- Partida inmobiliaria: (027) 30.875…”.
Que asimismo, en su cláusula TERCERO establece que “La parte cedente declara a) que los derechos que transmite sobre dicho inmueble le corresponden por la posesión pacifica, exclusiva, pública, ininterrumpida y continua que ejerce como continuador de sus anteriores titulares en su calidad de cesionarios de dichos derechos, que le efectivizaron los anteriores titulares a saber : Norberto Julio Badano, quien con fecha 9 de Julio de 1979 compró por boleto de compraventa a Lomas Altas SACIFIyA, cediendo luego al hoy aquí cedente dicho boleto con fecha 14 de Junio del año 2002, documentación que en original se encuentra agregada al expediente antes mencionado.”
Que por Decreto 227/22 de fecha 08/03/2022 se procedió al cambio de contribuyente de las tasas que gravan el inmueble en cuestión –partida 30.875- a nombre de FIADONE, Susana Andrea.
Que de lo expuesto surge que, como ambos han declarado detentar derechos posesorios sobre el mismo inmueble, la Dirección de Asuntos Legales intimó al Sr. MOLINA, Esteban Genaro y a la Sra. FIADONE, Susana Andrea, a que presenten en el plazo de 15 días hábiles administrativos, la documentación respaldatoria del derecho invocado, por cuanto no resulta posible la existencia de dos posesiones sobre el mismo inmueble (conf. Art. 1913 CCyCN); haciéndoles saber que en caso de silencio o en el supuesto de mantenerse ambos en su decisión de ser considerados contribuyentes de las Tasas Municipales respecto de la Partida Inmobiliaria N° 30.875, se anularán la Resolución N°95/22 y el Decreto 227/22 hasta tanto diriman sus derechos ante la justicia.
Que en fecha 10/08/2022 ambos fueron notificados.
Que el 19/08/2022 la Sra. FIADONE se presenta, manifestando su rechazo con referencia al pedido de cambio de contribuyente realizado por MOLINA Esteban, acompañando documentación respaldatoria.
Que en consecuencia la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que habiéndose presentado en tiempo y forma únicamente la Sra. FIADONE, adjuntando además de la documentación ya acompañada con su solicitud inicial, copia de los boletos de compra venta entre La Aurora SCA y Lomas Altas SACIFIyA, y entre ésta última y Norberto Julio BADANO, como así también la cesión de boleto de compraventa efectuada por BADANO a favor de Jorge Alberto CERRA, quien en definitiva le cede éstos derechos a la Sra. FIADONE; corresponde retrotraer el cambio de contribuyente de la Partida Inmobiliaria 30.875 consignándose como tal a Susana Andrea FIADONE, quedando en vigencia el Decreto N° 227/22 (de fecha 08/03/2022) anulándose la Resolución 95/22 del 03/05/2022, mediante la cual se dispuso al Sr. MOLINA como contribuyente de la partida inmobiliaria anteriormente nombrada.
Por ello, el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Perez del Cerro) que suscribe en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTICULO 1.- Anúlese la Resolución N° 95/22 conforme las consideraciones expuestas en el exordio y lo dispuesto por los artículos 113 y 114 de la Ordenanza General 267/80.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Catastro, Dirección de Ingresos Públicos, Subsecretaria de Tierras y Urbanismo, Dirección de Asuntos Legales, y a los Señores MOLINA Esteban Genaro en estebangmolina@hotmail.com y FIADONE Andrea Susana en andreafiadone11@gmail.com.-
ARTICULO 3º.-Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-