Boletines/Chascomús

Decreto Nº869/22

Decreto Nº 869/22

Chascomús, 20/09/2022

Pauta Salarial

Visto

El instructivo que comunica la nueva pauta salarial a aplicar con los salarios de los meses de Mayo/2022, Julio/2022, Septiembre/2022 y Diciembre/22, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 11 de mayo de 2022; y

 

Considerando

Que a través del instructivo se comunica la política salarial definida para el personal docente de la Ley Nº 10.579 que regirá a partir del 1º de Mayo de 2022, 1° de Julio de 2022, 1° de Septiembre de 2022 y 1° de Diciembre de 2022.

Que el personal docente municipal debe percibir una retribución no inferior a la que percibe por todo concepto el personal docente que presta servicios en establecimientos dependientes del Estado Provincial y que se hallan regidos por la Ley 8727/77 (actualmente Ley Provincial 11.612) y su reglamentación conforme lo dispone el Art. 27° y siguientes del Estatuto y Escalafón del Personal Docente Municipal (Ordenanza 3437/04).

Que es necesario dictar el acto administrativo que así lo disponga.

 

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Fíjese el sueldo básico del Preceptor (índice escalafonario 1), a partir del 1º de Mayo de 2022, en la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($28.489); a partir del 1° de Julio de 2022 en la suma de PESOS TREINTA Y UN MIL CUARENTA Y UNO ($31.041); a partir del 1º de Septiembre de 2022 en la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y OCHO ($34.088); y a partir del 1° de Diciembre de 2022 en PESOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS ($35.952).-

ARTICULO 2º.- Fíjese la bonificación remunerativa no Bonificable establecida en la Resolución Nº 73/2021 MTGO y modificatorias como suma fija, a partir del 1º de Mayo de 2022, en la suma de PESOS DOCE MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO ($12.224); a partir del 1° de Julio de 2022 en la suma de PESOS TRECE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO ($13.281); a partir del 1º de Septiembre de 2022 en la suma de PESOS CATORCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($14.679); y a partir del 1° de Diciembre de 2022 en la suma de PESOS DIECISÉIS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO ($16.174).-

ARTÍCULO 3º.- Fíjese la bonificación remunerativa no Bonificable establecida en la Resolución Nº 73/2021 MTGO y modificatorias como Bonificación para cargos con Índice Escalafonario 1.1, a partir del 1° de Mayo de 2022 en la suma de PESOS ONCE MIL QUINIENTOS DIECINUEVE($11.519); a partir del 1° de Julio de 2022 en la suma de PESOS DOCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($12.499); a partir del 1º de Septiembre de 2022 en la suma de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($13.399); y a partir del 1° de Diciembre de 2022 en la suma de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($14.459).-

ARTÍCULO 4º.- Fíjese la bonificación remunerativa establecida en la Resolución Nº 235/2021 MHYFGP art. 1° inc. d) y modificatorias como Bonificación para directores y vicedirectores, a partir del 1° de Mayo de 2022 en la suma de PESOS MIL NOVENTA ($1.090); a partir del 1° de Septiembre de 2022 en la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA ($1.290); y a partir del 1° de Diciembre de 2022 en la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($1.680).-

 ARTÍCULO 5º. Fíjese la suma de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS SIETE  ($3.907) al Fondo Nacional de Incentivo Docente a partir del 1° de Marzo de 2022, que sumados al adicional por conectividad da un total de PESOS SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE ($6.157). Fíjese la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO ($4.318) a partir del 1° de Junio de 2022, que sumados al adicional por conectividad da un total de PESOS SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO ($6.568). Fíjese la suma de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE ($4.729) a partir del 1° de Agosto de 2022, que sumados al adicional por conectividad da un total de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($6.979).Fíjese la suma de PESOS CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO ($5.141), a partir del mes de Septiembre de 2022, que sumandos al adicional por conectividad da un total de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO ($7.391). Los montos acordados precedentemente corresponden a un cargo o su equivalente y se aplican hasta dos cargos o sus equivalentes.-

Artículo 6°.- Adjúntese como Anexo I el instructivo que comunica la nueva  pauta salarial a aplicar con los salarios de los meses de Mayo/2022, Julio/2022, Septiembre/2022 y Diciembre/22, del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 11 de Mayo de 2022; y como Anexo II, las grillas salariales elaboradas por la Dirección de Liquidaciones y Administración de Personal de la Municipalidad de Chascomús.-

Artículo 7°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese  a la partida presupuestaria que corresponda.-

Artículo 8°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de RRHH y Desarrollo Productivo, Subsecretaria de Niñez y Adolescencia, Dirección de Educación, Contaduría, Tesorería, Escuela Primaria Municipal N° 1, Escuela Primaria Municipal N° 2, Escuela Primaria Municipal N° 3, Escuela Secundaria Municipal, Jardín Maternal y de Infantes Municipal e Instituto de Previsión Social.-

Artículo 9°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Juan Facundo Alfonsin) y la Señora Secretaria de Desarrollo Socia l(María Fernanda Sallenave).-

Artículo 10°.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y  archívese.-