Boletines/Chascomús

Decreto Nº867/22

Decreto Nº 867/22

Chascomús, 20/09/2022

Subsidio

Visto

El Expediente Electrónico EX-2022-00022130-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado “Solicitud de Subsidio Económico – N. S. G.” elevado desde el Hospital Municipal a requerimiento de Campos Florencia; y;

Considerando

Que desde el área de Servicio Social del Hospital se recepcionan distintas problemáticas de Salud de nuestros vecinos.

Que según el diagnóstico algunos pacientes deben atenderse fuera de la ciudad por una mayor complejidad o especialidad determinada.

Que los profesionales del Servicio Social observan algunas situaciones de vulnerabilidad por las que consideran necesario otorgar ayuda económica para realizar los viajes y poder asegurar a los pacientes su tratamiento de salud.

Que el Municipio ve favorable acompañar a los pacientes y en su caso al grupo familiar, movilizándolos con vehículos municipales, abonando pasajes o a través de otro tipo de acompañamiento de acuerdo a cada caso.

Que, en el caso de marras, del informe social adjunto como NO-2022-00022136-CHASCOMUSMESA#SG, surge que los ingresos del grupo familiar que declaran percibir son los provenientes del trabajo informal, teniendo por tal motivo grandes dificultades económicas.

Que dada la situación de salud del menor, N. S. G., uno de los padres debe trasladarse todos los días a la ciudad de La Plata, lo que representa un gasto que no es posible afrontar con sus ingresos.

Que en consecuencia la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que resulta adecuado al cumplimiento de los fines del Estado el acompañamiento a la Sra. CAMPOS con el otorgamiento de un subsidio para cubrir gastos de traslado a la ciudad de La Plata, de conformidad con las consideraciones ut supra expuestas.

                          

 Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Abónese subsidio a CAMPOS, Florencia, DNI Nº 36.807.912, tramitado mediante Expediente Electrónico EX-2022-00022130-CHASCOMUS-MESA#SG, para afrontar el costo de los viajes en remis a la ciudad de La Plata, por las consideraciones en el exordio.-

ARTICULO 2º.- El monto total de la ayuda asciende a la suma de PESOS SESENTA MIL ($60.000), sin cargo de reintegro y sin obligación de rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior impútese a la Jurisdicción 1110116000, Categoría Programática 62.01.00, Partida 5.1.4, Fuente 110.-

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Contaduría y Dirección del Hospital.-

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Salud (Marcela Arias) y el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsin).-

ARTÍCULO 6º.- Cúmplase, publíquese, dése al Registro Municipal y  archívese.-