Boletines/Chascomús
Decreto Nº 846/22
Chascomús, 14/09/2022
Solicitud de Licencia sin Goce de Haberes
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-159299/G caratulado “Solicitud Licencia sin goce de haberes” iniciado por GANUZA, Nidia Silvina; y
Considerando
Que a fs. 1 y 2, la agente municipal GANUZA Nidia Silvina, solicita se le conceda licencia especial sin goce de haberes por seis meses.
Que motiva el pedido en la necesidad de abocarse exclusivamente su nuevo emprendimiento “Panadería Artesanal”
Que la Ley 14.656, establece en el art. 96 que: “Por causas no previstas en esta ley y que obedezcan a motivos de real necesidad debidamente documentados, podrán ser concedidas licencias especiales con o sin goce de haberes...”
Así, el citado artículo mantiene en idénticos términos la licencia prevista por el art. 46 de la Ley 11.757 respecto del cual la Asesoría General de Gobierno en Dictamen Nº 83359-4 ha sostenido que la amplitud de los términos del art. 46 Ley 11.757 deja al D.E un amplio margen de discrecionalidad en cuanto al otorgamiento de la licencia, su duración o extensión y si el agente percibirá durante la misma sus haberes, pues el precepto nada dice.
Que la agente se desempeña en el área de reparto de la Dirección de Ingresos Públicos, dependiente de la Secretaria de Hacienda.
Que la Dirección de Asuntos Legales dictamino: Que queda a criterio del Señor Secretario de Gobierno el rechazo o concesión de la licencia solicitada en los términos requeridos, por las condiciones ut supra expuestas.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Autorícese licencia a la agente, GANUZA, Nidia Silvina, Legajo Nº 8.665, DNI 27.882.564 de conformidad con lo prescripto por el art. 96 de la ley 14.656, desde el 01/09/2022 hasta el 31/12/2022 inclusive, quien desempeña sus tareas en la Dirección de Ingresos Públicos.-
ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaría Privada, Dirección de Administración Capital Humano Municipal, Liquidaciones, Dirección de Ingresos Públicos y agente.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Perez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-