Boletines/Chascomús

Decreto Nº823/22

Decreto Nº 823/22

Chascomús, 07/09/2022

Solicitud de Inscripcion en el Registro Municipal de entidades de bien publico

Visto

El Expediente EX-2022-00019765-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado: “SOLICITA LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE ENTIDADES DE BIEN PUBLICO”, iniciado por la Simple Asociación FÚTBOL BARRIAL; y; 

Considerando

Que solicita el Sr. Bustamante Omar, en su carácter de Presidente de la Asociación la incorporación en el Registro de Entidades de Bien Público con que cuenta el Municipio a la “Simple Asociación FUTBOL BARRIAL” recientemente constituida.

Que adjunta Acta Constitutiva de Simple Asociación y Estatuto.

Que la Asociación tiene por objeto la gestión de actividades deportivas de fútbol y culturales, que promuevan y fomenten el deporte de fútbol.

Que entre sus actividades se destacan coordinar y dirigir eventos deportivos de fútbol, organizar partidos y torneos, promover y producir espectáculos deportivos y culturales independientes, ofrecer y compartir las actividades de la asociación con otras comunidades nacionales y/o internacionales, ya sea como anfitriones o como turistas.

Que asimismo surge de la presentación que la misma reviste el carácter de Entidad sin fines de lucro, de acuerdo a lo indicado en su Estatuto, desarrollando actividades de carácter deportivo y cultural efectuadas por personal idóneo y/o profesional en la materia.

Que corresponde reconocer a la Simple Asociación      "FÚTBOL BARRIAL” como Entidad de Bien Público en el Partido de Chascomús, formando parte del Registro Oficial de esta Municipalidad.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde reconocer a la Asociación Simple "FÚTBOL BARRIAL” como Entidad de Bien Público en el Partido de Chascomús, formando parte del Registro Oficial de esta Municipalidad.

Por ello, el Señor Intendente Municipal Interino que suscribe en uso de sus atribuciones:

DECRETA

ARTÍCULO 1.-Reconocer en carácter de ENTIDAD DE BIEN PUBLICO a la Simple Asociación FÚTBOL BARRIAL con sede en esta ciudad, quedando registrada bajo el Nº S-00-157.-

ARTICULO 2°.-Hágase saber a las autoridades de la entidad que deberán cumplimentar lo establecido en el Decreto Nº 89/2013 como así también prestar conformidad a la actualización de datos y documentación correspondiente a la renovación de autoridades y balances. El no cumplimiento de lo establecido dará lugar a la baja del reconocimiento otorgado por el presente Decreto.-

ARTÍCULO3º.-Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Relaciones Institucionales, Dirección de Ingresos Públicos y Entidad a través de la Dirección de Relaciones Institucionales.-

ARTICULO4°.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Perez del Cerro).-

ARTÍCULO5°.-Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-