Boletines/Chascomús
Decreto Nº 815/22
Chascomús, 05/09/2022
Compra de cincuenta (50) columnas para alumbrado público de Calle Colombia
Visto
La Licitación Privada Nº 17/2022 tramitada en Expediente Administrativo N° 4030-159358/M para la “Compra de cincuenta (50) columnas para alumbrado público de Calle Colombia”; y;
Considerando
Que se llevó a cabo la apertura de las ofertas en fecha de 25 Agosto de 2022 a las 10.00 horas, se presentan como oferentes:
Que la Licitación se ha desarrollado con todas las formalidades previstas en el artículo 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades sobre sobre adquisiciones de bienes.
Que la Comisión de Adjudicación recibe análisis y evaluación realizada por el Director de Instalaciones Eléctricas sobre las propuestas presentadas, en el que recomienda la aceptación de la propuesta de COLSER SRL por un importe de Pesos Cinco Millones Doscientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Cuatro con 50/100 ($ 5.279.244,50).
Que del análisis de la documentación que consta en el expediente no surgen objeciones respecto a la propuesta y que siendo que la sugerencia de adjudicación se corresponde con la propuesta más económica, la Comisión Adjudicataria aconseja al Señor Intendente Municipal adjudicar la Licitación Privada N° 17/2022 para compra de Compra de cincuenta (50) columnas para alumbrado público de Calle Colombia a COLSER SRL por un importe de Pesos Cinco Millones Doscientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Cuatro con 50/100 ($ 5.279.244,50) por ser la más conveniente.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo que adjudique la Licitación Privada.
Por ello, el Señor Intendente Municipal Interino que suscribe en uso de sus atribuciones:
ARTÍCULO 1.- Adjudíquese la Licitación Privada Nº 17/2022 para la “Compra de cincuenta (50) columnas para alumbrado público de Calle Colombia” a COLSER SRL por un importe de Pesos Cinco Millones Doscientos Setenta y Nueve Mil Doscientos Cuarenta y Cuatro con 50/100 ($ 5.279.244,50) por ser la más conveniente.-
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería, Compras y firma adjudicataria.-
ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda ( Juan Facundo Alfonsin).-
ARTÍCULO 4.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-