Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4289/22
Coronel Dorrego, 13/10/2022
VISTO:
La nota elevada a este Honorable Concejo Deliberante por la directora de la Escuela Manuel Belgrano del nivel inicial-primario, Sra. María Carolina Palacios; y
CONSIDERANDO:
Que informan sobre la realización de Bicicaminata en el marco de una jornada de juegos y disfrute donde se prevé la concreción de la actividad en el Vivero Parque Municipal.
Que, por tal motivo se requiere autorización a este Cuerpo para utilizar el espacio citado.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Autorízase a la Escuela Manuel Belgrano (DIEGEP 662) a realizar la ============ Bicicaminata comprendiendo el trayecto desde la intersección de las calles Lequerica y Costa hasta el Vivero Parque Municipal Cristóbal M. Hicken (sector fogones y el sector aledaño posterior - canchitas de fútbol) para el día sábado 15 de octubre de 2022. El horario de las actividades de la jornada comprende desde las 11.00 a las 15 horas.-
ARTÍCULO 2º) Establézcase que el permiso otorgado por la presente, es intransferible, ============ de carácter precario y no contiene derechos de exclusividad. Pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa y/o cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.-
ARTÍCULO 3º) Dispóngase que la autorización emanada del Artículo 1º, lo será ============= mientras que no se superpongan a actividades similares planteadas por el Departamento Ejecutivo en el mismo espacio público.-
ARTÍCULO 4º) Establézcase que la permisionaria, será responsable absoluto de ============ la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento que genere el emprendimiento autorizado, como asimismo todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo del evento. Asimismo, garantizará la higiene y limpieza de los lugares establecidos para su uso, durante todo el desarrollo del evento programado.-
ARTÍCULO 5º) Establézcase en el caso de corresponder, la entidad autorizada ============= deberá abonar las contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).-
ARTÍCULO 6º) Dispóngase que ante el incumplimiento de la presente, las sanciones ============ que le correspondieren, a la permisionario quedarán dentro del marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.-
ARTÍCULO 7º) Facúltese al Área de Inspección Municipal a implementar las medidas ============= oportunas para brindar seguridad en el desarrollo del evento.-
ARTÍCULO 8º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, dése ============= al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-
SALA DE SESIONES, 13 de octubre de 2022.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4289/22