Boletines/Mercedes
Resolución Nº 568/2022
Mercedes, 29/11/2022
Visto
Que en el marco del Expediente N° 7793 del año 2018, caratulado: “LOSSINO ANGEL ESTEBAN DAMIAN S/ PLAN DE VIVIENDA O TERRENO”, quien solicita ingresar junto a la Sra. SANTANGELO Stefania al Programa “Mi Terreno” y;
Considerando
Que del sistema de expedientes digital municipal, surge el expediente N° 4577 del año 2022 caratulado: “SANTANGELO STENAFIA S/ NUMERO DE PUERTA” por el cual está realizando una Regularización Dominial sobre un terreno del cual detenta posesión; en el terreno ubicado catastralmente en: circunscripción IX, sección B, manzana 21, parcela 4 de partida inmobiliaria N° 12570;
Que conforme al inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que,
RESUELVO:
Artículo 1°: Denegar la solicitud del Sr. LOSSINO Ángel Esteban Damián con DNI 35.866.516 y a la Sra. SANTANGELO Stefania con DNI 38.820.424 al Programa “Mi Terreno” por incumplimiento del inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…)”; siendo asimismo falsa la declaración jurada agregada en autos a los efectos de la inscripción.-
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General N° 267.-
Artículo 3°: Previo archivo, realizase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-