Boletines/Mercedes

Resolución Nº559/2022

Resolución Nº 559/2022

Mercedes, 22/11/2022

Visto

El Expediente N° 3092 del año 2021 caratulado “VILLALBA MARTIN EZEQUIEL S/ PROGRAMA MI TERRENO”, quien solicita ingresar junto a su pareja FLORES Estefanía Ayelen, y,

Considerando

Que atento al sorteo realizado el pasado 03 de septiembre de 2021 en el Teatro Julio Cesar Gioscio, con fecha 04 de mayo de 2022 se les hace saber al Sr. VILLALBA Martin Ezequiel y la Sra. FLORES Estefanía Ayelen que deberán comparecer en esta Dirección de Tierras y Hábitat con el fin de realizar una nueva Declaración Jurada  en el plazo de 10 (diez) días hábiles bajo apercibimiento de dar por desistida la inscripción al Programa “Mi Terreno” por incomparecencia injustificada y obstrucción a la investigación respecto al cumplimiento del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017;

Que con fecha 29 del mes de junio se presenta el Sr. VILLALBA Martin Ezequiel a realizar una nueva Declaración Jurada y acompaña una nota en la cual deja asentado que la Sra. FLORES Estefanía Ayelen no está viviendo en la ciudad de Mercedes, encontradose separado de la misma;

Que se publicó edictos en el Boletín Oficial y en el diario actualidad de Mercedes “La Hora de un Periodismo Joven”, conforme lo que establece la Ordenanza General 267/80, por lo que se encuentra debidamente notificada;

Que al día de la fecha y cumplidos todos los plazos la Sra. FLORES Estefanía Ayelen no se presentó, ni realizo descargo aclaratorio;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en su artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. FLORES ESTEFANIA AYELEN con DNI 42.430.531 por incomparecencia injustificada, obstrucción a la investigación e incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N°7982/2017, declarando la continuidad del Sr. VILLALBA Martin Ezequiel. –

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art.65, 86 y 89 de la Ordenanza General N°267.-

Artículo 3°: Previo archivo, realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes si estima corresponder (Art.5° anexo Decreto 1405/18).-