Boletines/Mercedes
Decreto Nº 2001/2022
Mercedes, 23/11/2022
Visto
Lo actuado en el Expediente administrativo N°1644/2022, mediante el cual se llamó a LICITACION PUBLICA Nº34/2022 (Decreto N°1281/2022 con fecha 25 de Julio de 2022) para la contratación de la “CASA JOVEN MERCEDINA”, y;
Considerando
Que de las 2 (dos) ofertas válidas presentadas, evaluados los dictámenes técnico, legal y contable, y en virtud del estudio realizado por la comisión evaluadora quien recomienda adjudicarla al proveedor CHICO HNOS S.R.L., ya que ha efectuado la cotización que resulta más equitativa para los intereses municipales (art. 185° y subsiguientes del Reglamento de Contabilidad).
Que la obra contará con financiamiento del Ministerio de Obras Públicas de Nación, aprobado según Acta Proyecto de Obra: “Casa de día para jóvenes” y Nota de No Objeción Técnica para el desarrollo de la obra, adjuntas en fojas 1085-1088 y 1080-1081 respectivamente, las cuales establecen un presupuesto oficial de Pesos SESENTA Y TRES MILLONES NOVENCIENTOS SETENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 23/100 ($63.970.369,23).
Que habiendo efectuado la preadjudicación de la obra mediante Decreto Nº1654/2022, el Secretario Carlos Augusto Rodríguez del Ministerio de Obras Públicas de la Nación hace saber en nota adjunta en fojas 1093 y 1094, que la suma a financiar para la ejecución de la obra asciende al importe de preadjudicación, siendo este de Pesos SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 83/100 ($62.948.779,83),
Que razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución de la obra pública “LICITACION PUBLICA N°34/2022 CASA JOVEN MERCEDINA” a la firma CHICO HNOS S.R.L., la que ha presentado la oferta que resulta más conveniente para el erario municipal, que asciende a de Pesos SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 83/100 ($62.948.779,83), por las razones expuestas en el considerando.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.