Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1983/2022
Mercedes, 18/11/2022
Visto
El artículo 36º de la Constitución Nacional; la Convención Interamericana contra la Corrupción por medio de la Ley Nº 24.759/97; la Ley de Ética de la Función Pública Nº 25.188/99 y el Proyecto Ley de Ética Pública y Transparencia presentado por la Provincia de Buenos Aires el día 2 de noviembre del corriente y,
Considerando
Que la Provincia de Buenos Aires tiene un vacío normativo histórico de más de 23 años sin una Ley de Ética Pública,
Que es menester para la Provincia de Buenos Aires contar con una Ley de Ética Pública y Transparencia que regule un Sistema de Integridad, estableciendo mecanismos preventivos y herramientas que fortalezcan su implementación,
Que, en ese sentido, el poder Ejecutivo provincial conformó en el mes de octubre del año 2020 una mesa de trabajo para redactar el Anteproyecto de Ley de Ética Pública y Transparencia de la Provincia de Buenos Aires,
Que la misma representa el trabajo colectivo, en el que han participado Universidades Públicas, Organizaciones de la Sociedad Civil, Colegios Profesionales, Organismos de la Constitución, los poderes del Estado, organismos Nacionales y gobiernos Municipales,
Que, asimismo, considerando la importancia de la incorporación de las miradas de todos los actores institucionales que consensuaron su redacción, hemos participado activamente en el proceso de construcción, aportando una visión territorial y experiencias de gestión,
Que el diseño de la Ley abarca principios, deberes y prohibiciones fundamentales para la construcción de una cultura de integridad basados en transparencia, equidad, inclusión, participación ciudadana, diversidad, imparcialidad, responsabilidad, eficiencia entre otros y que sin duda comprometen el desempeño de quienes ejercen la función pública en pos de los intereses de la población,
Que, implementar y garantizar políticas de Transparencia, Integridad y Ética resulta crucial para concebir políticas públicas efectivas que garanticen el goce y ejercicio de los Derechos Humanos, que como tales repercuten en forma directa en la calidad de vida de la/os vecinos,
Que, pensar en un enfoque integral de Ética y Transparencia, exige construir un sistema de integridad que propugne políticas públicas fortaleciendo el aspecto preventivo, con un enfoque transversal de derechos humanos, género y diversidad,
Que, en ese marco, tenemos la certeza que de aprobarse, elevará los estándares de ética pública y redundará en un inevitable afianzamiento del ejercicio de derechos de la ciudadanía y en el fortalecimiento del sistema democrático,
Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias, el Sr. Intendente Municipal,
DECRETA:
Artículo 1°.- Declárase de Interés Municipal el Proyecto de Ley de Ética Pública, Transparencia e Integridad presentado en la Cámara de Diputados por el Ejecutivo provincial el día 2 de noviembre del 2022 en el Congreso de la Nación-
Artículo 2º.- Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Fecho, archívese.-