Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1884/2022
Mercedes, 01/11/2022
Visto
Lo actuado en el Expediente Nº 4327/22, caratulado: “Liga de Padres de Familia y Ateneo de la Juventud Mercedina s/ Solicitan subsidiar obras, y;
Considerando
Que el Presidente de la Liga de Padres de Familia y Ateneo de la Juventud Mercedina, Señor Igon Ignacio, solicita colaboración económica necesaria para la adquisición de materiales y mano de obra, que serán destinados a las obras de mantenimiento edilicio que deben desarrollar en las instalaciones del club.
Que dichas mejoras edilicias, son necesarias para prestar un servicio de calidad, atención y comodidad a los socios y visitantes durante la temporada de verano.
Que la Coordinadora de la Dirección de Deportes, en fojas 13, adhiere a la solicitud efectuada considerando conveniente brindar la ayuda requerida.
Que existe partida presupuestaria disponible.
Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE a la Liga de Padres de Familia y Ateneo de la Juventud Mercedina, Club Social y Deportivo, representada por su Presidente, Señor Igon Ignacio (D.N.I N° 24.563.964), un subsidio por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1.646.394,69), que serán destinados al costo que demande la obra por las mejoras edilicias que debe afrontar el club.
La asistencia aludida le será entregada a la entidad beneficiaria en forma escalonada en dos (2) libramientos, conforme al diagrama que se cita a continuación, debiendo acreditar de modo fehaciente el avance de obra en cada etapa, para poder efectivizar el monto correspondiente a la siguiente:
ETAPA UNO Saneamiento del sistema de cloacas y pintura de natatorios |
A)MANO DE OBRA DE CLOACAS EN SECTOR PILETA |
$190.000,00 |
B)MATERIALES |
$67.652,75 |
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C)MANO DE OBRA NATATORIOS |
$398.000,00 |
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D)MATERIALES |
$280.470,00 |
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SUBTOTAL |
$936.122,75 |
ETAPA DOS Puesta en valor de baño y Perforación de suelo y colocación de torre y tanque de agua
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A) MANO DE OBRA SANITARIOS |
$255.000,00 |
B) MATERIALES GRUESOS Y GRIFERIA |
$232.913,77 |
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C) MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA INSTALACION ELECTRICA EN BAÑOS |
$79.900,00 |
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D) TANQUE DE AGUA Y TORRE |
$142.458,17 |
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SUBTOTAL |
$710.271,94 |
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TOTAL |
$1.646.394,69 |
ARTÍCULO 2º.- El importe mencionado en el artículo anterior deberá imputarse a la Jurisdicción 1110109000. Categoría Programática 32.02.00. Objeto del Gasto 5.1.7.0. Fuente de Financiamiento 110.
ARTÍCULO 3º.- La entidad recurrente deberá efectuar una rendición de cuenta en el plazo de 30 días posteriores al final de obra.
ARTÍCULO 4º.-Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.