Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1505/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 23/08/2022
VISTO:
El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “PARDO S.A c/ Pérez Milagros Soledad s/ Cobro Ejecutivo (INFOREC 911) Expediente Nº 33.835-2022” registrado como Expediente Nº 8768/22, solicitando se proceda a trabar embargo por el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe la señora Milagros Soledad Pérez D.N.I N°41.167.627; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4, obra el informe del Departamento de Personal, donde se consignan los datos de la agente y determinando que corresponde trabar embargo por el porcentaje de ley sobre las remuneraciones a percibir hasta cubrir la suma de Pesos cuarenta mil ochocientos sesenta y seis con 59/100 ($ 40.866,59.-) en concepto de capital más la de 50% por intereses y costas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe la agente, hasta cubrir la suma consignada en concepto de embargo trabado oportunamente y se deposite en la Cuenta Judicial Nº 6657 - 027 – 502922/0, CBU Nº 0140355627665750292207, del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, a la orden de ese Juzgado y para estos autos.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 9.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a descontar en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe la agente Milagros Soledad Pérez, Legajo Personal Nº 5108, 11 módulos, 36 horas semanales, agente transitoria jornalizada, Jurisdicción 1110101000, Categoría Programática 01.01.00, hasta cubrir la suma de Pesos cuarenta mil ochocientos sesenta y seis con 59/100 ($ 40.866,59.-) de capital más la del 50% que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas, en concepto de embargo conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas en autos caratulados “PARDO S.A c/ Pérez Milagros Soledad s/ Cobro Ejecutivo (INFOREC 911) – Expediente Nº 33.835/22” registrado como Expediente Nº 8768/22.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 6657 – 027 – 502922/0, CBU Nº 0140355627665750292207 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local a la orden de ese Juzgado y para estos autos.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.