Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1465/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 16/08/2022
VISTO:
El Expediente Nº 9149/22, iniciado por la Jefa del Departamento de Personal, informando que al momento de confeccionar la certificación digital de servicios y remuneraciones correspondientes al señor Héctor Daniel Lemos, con fines previsionales en el marco del Programa de Jubilación Digital, que se genera a través del Sistema de Administración Previsional (SAP), se verifica la inexistencia en los registros oficiales del Municipio, del acto administrativo de designación del mismo como agente transitorio jornalizado, con 7 módulos, 30 horas semanales, desde el 1 de marzo de 1992 al 28 de febrero de 1993; y
CONSIDERANDO:
Que a partir del 1 de marzo de 1993 mediante el Decreto N° 113/93 es designado en la Planta Permanente.
Que es necesario proceder a regularizar la situación producida y reconocer los servicios prestados por el señor Héctor Daniel Lemos, por el período comprendido desde el 1 de marzo de 1992 al 28 de febrero de 1993, dado que se encuentra acreditado el cumplimiento de la obligación principal a su cargo de prestar servicios a la Municipalidad y la contraprestación en dinero por parte del Municipio.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Reconócese los servicios prestados por el señor Héctor Daniel Lemos, Legajo Personal N° 1260, a la Municipalidad de General Villegas por el período comprendido entre el 1 de marzo de 1992 al 28 de febrero de 1993 y el legítimo abono realizado en el cargo de agente transitorio jornalizado, con 7 módulos, 30 horas semanales, por cuanto se halla acreditado precedentemente y con fines previsionales en el marco del Programa de Jubilación Digital, que se genera a través del Sistema de Administración Previsional (SAP).
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría y Tesorería cúmplase y archívese.