Boletines/General Villegas

Decreto Nº1405/22

Decreto Nº 1405/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 05/08/2022

VISTO:

El Expediente N° 8272/22, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Emilio V. Bunge, destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud y el pago de alimentos, alquiler y servicios básicos, por un monto de Pesos treinta y nueve mil novecientos ($ 39.900.-), para su evaluación; y

CONSIDERANDO:

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 67.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos treinta y nueve mil novecientos ($ 39.900.-), destinado a apoyo económico para solventar gastos ocasionados por problemas de salud y el pago de alimentos, alquiler y servicios básicos, conforme el siguiente detalle:

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I.

IMPORTE

Aquino Irma Ester

11.724.580

$ 2.000

Alonso María Cristina

27.883.351

$ 4.000

Armenteros Melina

34.172.215

$ 2.000

Ledesma Viviana Ángela

22.662.111

$ 2.000

Martínez M. Susana

33.189.324

$ 3.000

Mattio Sandra Marina

24.702.638

$ 1.500

Olmos Clarisa Etel

26.237.905

$ 2.000

Oviedo María Noemí

17.643.422

$ 2.200

Palacios Claudia Adriana

17.175.024

$ 2.000

Piovani Gisel Melina

40.547.941

$ 4.000

Piovani Rosa Cristina

20.741.279

$ 1.200

Ramos Barrera Silvia Roxana

23.461.403

$ 2.000

Romano Walter Omar

13.914.770

$ 2.500

Sánchez Mari Cruz

34.172.240

$ 2.000

Serra Miriam

14.910.841

$ 3.000

Varisco Mónica Graciela

17.884.564

$ 1.500

Vergara María Lorena

27.256.833

$ 3.000

 

TOTAL:

$ 39.900

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

05- Transferencias

Partida Principal:

01- Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corrientes

Partida Subparcial:

04- Ayuda Sociales a Personas

Programa:

64- Dirección de los Pueblos

Actividad Prog:

06- Ac. Social directa en los pueblos

Importe:

$ 39.900.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.