Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº3915

Resolución Nº 3915

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 02/12/2022

Visto las presentes actuaciones, atento la nota 314-4642/2022 obrante a fojas 30, presentada por ARIADNA CELIS, DNI Nº 29.085.986, mediante la cual informa que con motivo de la venta del lote Partida 57585 se dio la baja del expediente de construcción N° 1061-C-2019, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo Nº 34 de la Ordenanza Impositiva vigente, respecto de los Derechos de Construcción, prescribe: “En caso de desistimiento, caducidad del permiso o paralización de una modificación sustancial del proyecto de acuerdo a las normas del Código de la Edificación, se retendrá el treinta por ciento (30%) de los derechos que hubieren correspondido más la parte proporcional de la obra ejecutada. El excedente resultante según el párrafo anterior se computará como parte de pago de los derechos de construcción que correspondan a un nuevo expediente a presentar…”;

Que obra en fojas 31 informe del Departamento Contralor de Obras Particulares donde se menciona que realizada una inspección, pudo constatarse que no se ha efectuado la obra determinado por expediente 1061-C-2019, por lo que se toma como desistida la solicitud de construcción;

Que el Departamento Recaudación a fojas 36 informa que correspondería retener el 30% de los Derechos de construcción  generados por expediente 1061-C-2019;

Por ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º): Retener el TREINTA POR CIENTO (30%) de los derechos de construcción determinados por expediente 1061-C-2019 de la Partida Nº 57.585, que asciende a la suma de PESOS TREINTA MIL TRESCIENTOS TRECE CON DOCE CENTAVOS ($30.313,12), en un todo conforme lo previsto en el Artículo Nº 34 de la Ordenanza Impositiva.-

ARTICULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación y Departamento Contralor de Obras Particulares, hecho ARCHIVAR.-