Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3604
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/12/2022
Visto la Solicitud de Pedido N° 6062 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una Psicóloga para formar parte del equipo técnico de Servicio Local sede Villa Rosas II; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona para cumplir funciones como Psicóloga en el Servicio Local sede Villa Rosas II, dependiente de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia. La función a desarrollar por el profesional se encuentra enmarcada dentro de los términos de la Ley 13298 de Promoción y Protección de los Derechos del niño, niña y adolescente determinando el abordaje integral en situaciones de vulneración de derechos;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que surge la selección de la Sra. María Florencia ARENAS, D.N.I. 35.232.050, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, conforme al Acta de Selección que obra a fs. 12;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal del área, debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea.
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. María Florencia ARENAS, D.N.I. 35.232.050 la prestación de servicios técnicos y profesionales como Psicóloga del Servicio Local sede Villa Rosas II, a partir del 01 de enero y hasta el 30 de abril de 2023, y por la suma total de pesos cuatrocientos treinta y siete mil seis con setenta y dos centavos ($437.006,72), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Servicio Local.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-