Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3508

Decreto Nº 3508

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 30/11/2022

Visto la Solicitud de Pedido N°6937 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Coordinador de diferentes Programas dependientes de la mencionada Subsecretaría, algunas de las funciones a desarrollar Coordinar el Programa de Responsabilidad Envión, Lazos Comunitarios para las Crianzas, Programa Autonomía Joven, Programa Becas Sostén y Foro de Adolescentes y,

CONSIDERANDO

Que frente a la necesidad de la prestación del mencionado servicio para llevar a cabo tareas como Articular con el Organismo Provincial de Niñez, Dirección y Organización de los distintos integrantes de los programas, Coordinación en el desarrollo de iniciativas de inclusión, coordinación como representante del municipio de Bahía Blanca con la Comisión Provincial para la prevención y erradicación del Trabajo Infantil de la Provincia, entre otras, 

Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia; donde consta que si bien existe personal idóneo en el área de la Subsecretaría, esta no puede ocupar la actividad a sus dependientes, debido a que se utiliza el personal de la misma para llevar adelante tareas ordinarias de esta división, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente alguno de ellos para la realización de esta actividad; suscripta por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.

Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, según Acta de Selección que obra a fs. 10, del  cual surge la selección del Sr. Ricardo Alberto HERRERA, D.N.I. 27.708.553, quien cumple con las tareas asignadas de manera muy satisfactoria.

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, considerando que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal, no representando las tareas y/o servicios a contratar servicios ordinarios, habituales ni generales a cargo de esta comuna.

SEGUNDOAdjudíquese al Sr. Ricardo Alberto HERRERA, D.N.I. 27.708.553, la prestación de servicios como Coordinador de los Programas de Responsabilidad Envión, Lazos Comunitarios para las Crianzas, Programa Autonomía Joven, Programa Becas Sostén y Foro de Adolescentes, a partir del 1 de diciembre y hasta el 31 de diciembre de 2023 por la suma total de pesos ciento sesenta mil trescientos treinta y cinco con cuarenta centavos ($160.335,40), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCEROSe procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-