Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3453

Decreto Nº 3453

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/11/2022

Visto la Solicitud de Pedido Nº 6065 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una cuidadora de niños y niñas que asisten al Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora en el Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar, a fin de cuidar la integridad física, psíquica y social de las niñas y niños a su cargo, acompañarlos en actividades a realizarse dentro y fuera de la institución, fomentando el desarrollo social y educativo de las  niñas y niños y proporcionado un ambiente seguro y estimulante para aprender y jugar,

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;

Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, la que consta en el Acta de Selección que corre a fs.8, de la cual surge la selección de la Sra. Micaela Mariel MARTINEZ, D.N.I. 39.332.816 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades, según lo expuesto en los considerandos.-

SEGUNDOAdjudíquese a la Sra. Micaela Mariel MARTINEZ, D.N.I. 39.332.816 la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora para desempeñar tareas en el Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar, a partir del 1 de enero y hasta el 30 de abril de 2023, y por la suma total de pesos cuatrocientos mil quinientos setenta y dos con cincuenta y dos centavos ($400.572,52.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCEROSe procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado al Centro de Promoción y Capacitación Comunitaria Villa Miramar.

CUARTO: Cúmplase, Notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-