Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3443

Decreto Nº 3443

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/11/2022

Visto la Solicitud de Pedido Nº 6030 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales para desempeñar funciones como un cuidador de niños y niñas en Casa Abrigo I; y

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la incorporación de un cuidador de Casa Abrigo I, a fin de cuidar la integridad física, psíquica y social de las niñas y niños a su cargo, acompañarlos en actividades a realizarse dentro y fuera de la institución, fomentando el desarrollo social y educativo de las  niñas y niños y proporcionado un ambiente seguro y estimulante para aprender y jugar, entre otras,

Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, suscripta por la Subsecretaria de Niñez Adolescencia y Familia para llevar a cabo las tareas requeridas, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;

Que se procedió a la realización del correspondiente procedimiento de selección del personal requerido, la que consta en el Acta de Selección que corre a fs.11, de la cual surge la selección del Sr. Julián Horacio Pérez Krause DNI 35.775.688 quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

-  D E C R E T A  -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; que resulta necesaria la contratación de una persona, y  que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mimas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades, según lo expuesto en los considerando.-

SEGUNDOAdjudíquese al señor Julián Horacio Pérez Krause DNI 35.775.688, la prestación de servicio como cuidador de Casa Abrigo I, a partir del 1 de enero y hasta el 30 de abril de 2023 y por la suma total de pesos quinientos ocho mil doscientos cincuenta y ocho con sesenta y ocho centavos ($508.258,68) en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección de Casa Abrigo I.

CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-