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Decreto Nº3282

Decreto Nº 3282

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 17/11/2022

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios  Definitiva correspondiente al Certificado Nº2, de la obra: “REFACCIÓN EDILICIA Y OBRAS VARIAS EN E.S. Nº 33”, ejecutada por la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L. y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 y 2 vuelta el Departamento Proyectos y Obras informa por expte. N°410-5997-2002(HCD-855-2000), Decreto N°823/2002, la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 2113 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que establece la posibilidad de redeterminar precios en contratos de obras públicas.

Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados  para la obra a cargo de la Empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L., cuya Fecha de licitación: 26-05-2021, Fecha de Contrato: 30-06-2021, Acta de Replanteo: 19-07-2021, Plazo de obra: 180 días, Fin de Plazo de Obra: 15-01-2022.

Que a pedido de la empresa contratista se ha analizado la presentación de la redeterminación de precios definitiva la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L, según el criterio de los dictámenes emitidos por las oficinas legales de este Municipio dando conformidad de los mismos y se aclara que fueron presentados en tiempo y forma.

Que se analiza la variación de precio de la obra faltante considerando como mes base MAYO - 2022, y mes de corte Agosto - 2022, donde se puede observar una variación de precios del 10,66% superior al 5% que especifica la reglamentación.

CERTIFICADO N°2:

Se analiza el certificado N°2 con los índices correspondientes al mes de Agosto 2022, en el que se puede observar que es superior al 5%.

Mes de ejecución de los trabajos: Agosto 2021
Fecha de Certificación: 3 de Septiembre de 2021.
Fecha de publicación índices de Agosto: 11/02/2022.
Fecha de Presentación empresa: 23/02/2022

Importe Certificado Redeterminado Nº 2:                                            $5.262.708,39.-
Importe Certificado Base Nº 2:                                                            $4.740.061,39.-
Importe Diferencia por Certificado Nº 2:                                              $522.647,00.-
Deducción por importe  anticipo 15%:                                                 $104.529,40.- 

Total redeterminado                                                                             $418.117,60

Redeterminación Provisoria 80/100                                                    $265.307,44              
TOTAL A ABONAR                                                                             $ 152.810,16
Existe una variación en el porcentaje del Certificado base Nº 2 redeterminado respecto a certificado Nº 2: 11,03%.-

Que a fojas 65 el informe de la asesora legal de la Secretaría de Infraestructura deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación de carácter definitivo, (según Decreto provincial N°2113/02) y  conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones y el Decreto 1505/20.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

Artículo 1º: Apruébase la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por  la empresa PROBRAS BAHÍA S.R.L. por el Certificado N.º 2 de la obra: “REFACCIÓN EDILICIA Y OBRAS VARIAS EN E.S. Nº 33, resultando la suma a abonar de $152.810,16 (CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON DIECISÉIS CENTAVOS en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 416R-6883-2022.-

Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 132, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 62.01.00, Gasto 5.4.6.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

Articulo 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20 Art. 14º Anexo I.-

Artículo 4º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la orden de compra correspondiente, notifíquese a la firma PROBRAS BAHÍA S.R.L por intermedio del Departamento Proyectos y Obras, tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido; ARCHÍVESE.-