Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3275
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 17/11/2022
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita la redeterminación definitiva de precios correspondiente al Certificado N.º 22, de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AVENIDA DASSO - ING. WHITE” ejecutada por la empresa U.T.E conformada por las empresas OBRAS ABEDUL S.R.L., CARRETERAS 2000 S.A., CERRA Y MORO S.R.L. Y GEOMAC S.A.),. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vta el Departamento Vialidad eleva a la Secretaria de Infraestructura, el análisis de la redeterminación definitiva de precios correspondiente al Certificado N.º 22, de la obra mencionada, en la cual se tomaron como valores de referencia los índices publicados por el Ministerio de Infraestructura Provincial; se verifica que los valores calculados son correctos y coincidentes con los obtenidos de las planillas realizadas por dicho departamento.
Certificado Nº 22: ( no se produce una variación de precios superior al 5 % entre los precios unitarios de la última redeterminación y los correspondientes al mes de medición del Certificado Nº 22: Abril 2022)
Mes de ejecución de los trabajos: Abril 2022
Fecha de publicación índice de Abril 2022: 08/09/2022.
Fecha presentación Empresa: 26/10/2022 (Se ha presentado la redeterminación dentro del plazo previsto como establece el Articulo 92 inciso B del Pliego de Bases y Condiciones Generales).
Monto Redeterminado Definitivo Certificado N° 22: $ 3.679.334,70 (Actualizado a marzo 2022).
Descuento por Anticipo Financiero 15%: $ 551.900,21
Monto Neto Redeterminado Definitivo afectado por descuento de anticipo financiero Certificado Nº 22: $ 3.127.434,49.
Que considerando que las redeterminaciónes provisorias del certificado 22 ya han sido abonadas a la UTE, el Departamento Vialidad realiza un balance para determinar el monto neto definitivo a abonar.
Monto Redeterminado Provisorio Certificado N° 22: $ 3.101.714,26 (actualizado a Abril 2022), según decreto 1500/2022, con descuento del anticipo financiero.
DIFERENCIA A ABONAR A LA EMPRESA PRODUCTO DEL AJUSTE ENTRE LAS REDETERMINACIONES PROVISORIAS Y DEFINITIVAS: $ 25.720,23
IMPORTE TOTAL REDETERMINADO DEFINITIVO DEL CERTIFICADO N° 22: $25.720,23. (PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS VEINTE CON VEINTITRÉS CENTAVOS).
Que a fojas 111 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación en carácter definitivo según Decreto provincial n° 2113/02 conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Bases y Condiciones y el Decreto 1505/20.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Aprúebase la redeterminación definitiva de precios presentada por la U.T.E, conformada por las empresas OBRAS ABEDUL S.R.L., CARRETERAS 2000 S.A., CERRA Y MORO S.R.L. Y GEOMAC S.A.) correspondiente al Certificado Nº 22 de la obra "INTERVENCIÓN URBANA EN AVENIDA DASSO - ING. WHITE”, resultando la suma de $25.720,23.( PESOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS VEINTE CON VEINTITRÉS CENTAVOS); producto del ajuste entre las Redeterminaciones Provisorias con el descuento del Anticipo Financiero (Decreto 1500/2022) y las Redeterminaciones Definitivas con el descuento del Anticipo Financiero; en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-6840-2022.-
Articulo 2°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20 Art. 14º Anexo I.-
Artículo 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 140, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.80.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
Artículo 4º: Cúmplase; dése al RO.; Notifíquese por intermedio del Departamento Vialidad y pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente. Cumplido ARCHÍVESE.-