Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3787
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 23/11/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 1, por DANIELA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 32.586.647, Contribuyente Nº 85.574 mediante la cual solicita se lo exima del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, por encontrarse encuadrado en la Ley Provincial Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) y sus disposiciones complementarias; y,
CONSIDERANDO:
Que, de la documentación aportada por la contribuyente DANIELA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 32.586.647, Contribuyente Nº 85.574 y el análisis realizado por el Departamento Recaudación se desprende que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº 13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca a través de la Ordenanza Nº 12.925;
Que, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, bajo el Contribuyente Nº 85.574;
Que, el Departamento Recaudación a fs. 9 sugiere se exima a DANIELA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 32.586.647, Contribuyente Nº 85.574 del pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios desde el 27/09/2019 y hasta el 26/09/2020, e informa que no registraba obligaciones pendientes de pago con este municipio al momento de la presentación del tramite;
Que, el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe: “Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda:
a.Tasa por habilitación.
b.Tasa por inspección de seguridad e higiene.
c. Tasa por inspección veterinaria.
d. Derechos de construcción.
e. Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones
f. Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios (Agregado por Ordenanza 17.233)
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º): Eximir a DANIELA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 32.586.647, Contribuyente Nº 85.574, en el pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios, desde el 27/09/2019 y hasta el 26/09/2020 por el segundo año, de acuerdo a lo prescripto por la Ordenanza Nº 12.925 y los considerandos de la presente resolución.-
ARTÍCULO 2º): Hágase saber a DANIELA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 32.586.647, Contribuyente Nº 85.574, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Nº 12.925 “Las Beneficiarias de la presente y por el plazo que a las mismas se le otorguen, quedan obligadas a suministrar los informes que se les requieran referidos a la actividad promovida, facilitar las verificaciones y/o fiscalizaciones de sus instalaciones a solicitud de la autoridad municipal. Todo incumplimiento a las obligaciones emergentes de la presente, hará pasible a la beneficiaria de las siguientes sanciones:
ARTÍCULO 3º): Hágase saber a DANIELA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 32.586.647, Contribuyente Nº 85.574, que, atento lo prescripto por el Artículo Nº 4 de la Ordenanza Nº 12.925, "las eximiciones tendrán un plazo de vigencia de 2 (dos) años, pudiendo ser renovada por un (1) año más cuando las razones estén debidamente justificadas, situación que deberá ser aprobada por el Honorable Concejo Deliberante".
ARTÍCULO 4º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-