Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3462
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/11/2022
Visto la Solicitud de Pedido Nº 6105 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una cuidadora de niños y niñas para el Programa Mamás Cuidadoras; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la incorporación de una cuidadora en el Programa Mamás Cuidadoras, a fin de cuidar la integridad física, psíquica y social de las niñas y niños a su cargo, acompañarlos en actividades a realizarse dentro y fuera de la institución, fomentando el desarrollo social y educativo de las niñas y niños y proporcionado un ambiente seguro y estimulante para aprender y jugar;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, que si bien existe personal idóneo en las Instituciones en el área de la Subsecretaría, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades;
Que se realizo el correspondiente proceso de selección de personal, en base a toda la documentación presentada, la que fue oportunamente evaluada de la cual surge la selección de la señora Ana María Gladys Cabril, D.N.I. 29.631.078 quien cumple con los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas, según Acta de Selección que obra a fs. 14.
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades. , según lo expuesto en los considerandos.
SEGUNDO: Adjudíquese a la señora Ana María Gladys CABRIL, D.N.I. 29.631.078 la prestación de servicios como cuidadora para desempeñar tareas en el Programa Mamás Cuidadoras, a partir del 1 de enero y hasta el 30 de abril de 2023 y por la suma total de pesos trescientos diecinueve mil setecientos cuarenta y uno con treinta y seis centavos ($319.741,36), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Coordinación del Programa Mamás Cuidadoras.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-