Boletines/Pilar
Decreto Nº 54/17
Pilar, 05/01/2017
Corresponde al Expediente N°870/16 - 8366/15
PILAR,
Visto
El expediente N° 008366/2015 donde la Empresa LESKO S.A.C.I.F.I.A. ha solicitado la Redeterminación de precios a partir de Marzo de 2015 (Certificados 13 a 15) y el expediente 14417/2013, por el cual se realizo el Llamado a Licitación Pública N° 08/2014 denominada Mantenimiento y Otros Servicios para el Alumbrado Público en el Distrito de Del Pilar, y
Considerando
Que la Empresa LESKO S.A.C.I.F.I.A. ha pedido y presentado la redeterminación de precios de los certificados ejecutados que obran a fojas 117 a 119 del presente Expediente N° 008366/2015.-
Que en virtud de la readecuación de precios se realiza según lo formado por el Decreto Provincial N° 2113/02 y la normativa que en copia obran de fojas 121 a 144, y planilla resumen de Redeterminación de precios obrante a fojas 120 todas del presente Expediente N° 008366/2015.
Que las partes aceptan el citado Decreto en el Pliego de Bases y Condiciones (Expediente N° 14417/13, foja 124).
Que la redeterminación de precios total asciende a PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($ 388780,40), formada de la siguiente manera: certificado N° 13 $114.904,35 (pesos ciento catorce mil novecientos cuatro con 35/100); certificado N° 14 $128.289,48 (pesos ciento veintiocho mil doscientos ochenta y nueve con 48/100) y certificado N° 15 $145.586,57 (pesos ciento cuarenta y cinco mil quinientos ochenta y seis con 57/100).-
Que la Secretaria de Economía y Hacienda; conjuntamente con la Secretaría de Servicios Públicos han realizado el informe de evaluación de la documentación presentada por la empresa adjudicataria de la Licitación N° 08/2014.
Que el precio determinado a partir del mes de Marzo 2015 es fijo e inamovible hasta una nueva determinación correspondiente al Rubro 1: Mantenimiento por demanda y por programa, asciende a $ 34,64 (treinta y cuatro con 64/100) por cada luminaria.
Que del informe surge cifra dinerada total a reconocerle a la firma contratada. -
Que corresponde dictar el acto administrativo correspondiente.
Que, por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 439/2016. -
El Intendente Municipal Interino, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÌCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 439/2016, cuya parte dispositiva dice:
ARTICULO 1°: Apruébese lo actuado en el Expediente N° 008366/2015 por el que se realiza la solicitud de aplicación de Redeterminación de precios de la Licitación Pública N° 08/2014 con salto en la misma en el mes de Marzo de 2015.
ARTICULO 2º: Apruébese la Redeterminación de Precios presentada por la Empresa LESKO S.A.C.I.F.I.A. por un total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS OCHENTA CON CUARENTA CENTAVOS ($ 388.780,40).-
ARTICULO 3°: Reconózcase un nuevo precio total final redeterminado, hasta que se produzca una nueva redeterminación, en concepto de Rubro 1: Mantenimiento por demanda y por programa a partir del mes de Marzo de 2015 que asciende a $ 34,64 (PESOS TREINTA Y CUATRO CON CINCUENTA 64/100) por cada luminaria.
ARTICULO 4°: Apruébese los nuevos precios para el Rubro 2 “Trabajos Complementarios y Nuevas Obras” y los precios unitarios de materiales complementarios cuyos listados obran a fs. 4 a 6 y 112 a 114 respectiva mente. -
ARTICULO 5º: Autorizase el registro de la deuda y a efectuar su pago, conforme lo establece el Artículo 1400 del reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, toda vez que la liquidación que por el presente se aprueba corresponde a un ejercicio vencido.
ARTICULO 6°: La imputación del gasto para el año 2015 era Jurisdicción 1.1.1.01.08.000 - F. Fin 1.1.0 - Categoria Programática 37.01 - Unidad Ejecutora 84 - Objeto de Gasto 333.
ARTICULO 7º: Pase al D.E., a sus efectos, dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 27 de Diciembre 2016.-
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dése al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economia y Hacienda, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.