Boletines/Coronel Suárez

Decreto Nº1324/2022

Decreto Nº 1324/2022

Coronel Suárez, 13/06/2022

Visto

la necesidad de reestructurar al área de Personal y

Considerando

Que en el marco del Decreto Nro. 546 de fecha 8 de Junio 2006; Decreto 317 del 5 de Mayo del 2010 y Convenio suscripto oportunamente entre el Municipio y el Sindicato de Trabajadores Municipales, en el que ésta Municipalidad se compromete a descontar de los haberes de los afiliados los montos que indique por medio fehaciente el STM mensualmente, asumiendo ésta Comuna la responsabilidad de efectivizar los descuentos y acreditárselos a la entidad gremial en legal tiempo.

Que los últimos diez años se ha perdido personal humano, por jubilación y renuncia en el área en cuestión, aumentando considerablemente en ese período el cúmulo de trabajo diario;

Que el descuento de haberes a los afiliados y la posterior acreditación se realizan en forma manual, requiriendo de un tiempo material de recurso humano, que no contamos.

Que es menester redistribuir el trabajo y desafectar tareas que no sean inherente al funcionamiento municipal;

Que la celeridad, en el área de personal, es un factor esencial para dar respuestas a los trabajadores municipales y cumplimentar en tiempo y forma la liquidación de haberes de los agentes.

Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Déjese sin efecto el Decreto Nro. 546 de fecha 8 de Junio 2006 y                      - - - - Decreto 317 del 5 de Mayo del 2010, a partir de la liquidación del mes de Junio 2022, efectivizándose el día 30/06/2022.

ARTICULO 2º: Hágase saber al área de Personal del presente Decreto a fin de                - - - - no efectuar ningún descuento; quita o retenciones sobre los haberes de los agentes municipales efectivizándose el 30/06/2022.

ARTICULO 3º: Notifíquese por medio fehaciente al Sindicato de Trabajadores                             - - - - -Municipales.

ARTICULO 4º: Comuníquese, cúmplase y regístrese.

 

DECRETO Nº 1324

OTRO SI DIGO:

Se deja constancia que el Decreto que se deja sin efecto en el ArT. 1º es el Nº 2531 de fecha 29.10.2014 y no el Decreto Nº 546 que ya había sido derogado por Decreto Nº 586 de fecha 14.03.2012.-------------------------

Asimismo, los descuentos, quita o retenciones sobre los haberes de los agentes municipales aludidos en el Art. 2 son referidos exclusivamente a los descuento de haberes establecidos por el sistema de acogimiento a créditos y compras mediante planes otorgados por el STM.----------------------------------------------------------------------

                            

Coronel Suárez, 16 de Junio de 2022.-