Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 186/22
Balcarce, 13/10/2022
VISTO:
La solicitud efectuada por el Señor Ariel Fernando Ianni sobre la exención de los Derechos de Construcción del inmueble sito en Avenida Pueyrredón (39) N° 578 de trámite mediante el Expediente Municipal N° 7668-B/2022, y
CONSIDERANDO:
Que el contribuyente Ariel Fernando Ianni, mediante nota con fecha 9 de junio de 2022, solicitó la exención del pago de los Derechos de Construcción correspondientes a la propiedad sita en Avenida Pueyrredón (39) N° 578 de nuestra ciudad.
Que el contribuyente manifiesta que la propiedad por la cual formula su pedido será destinada integralmente al desarrollo de actividades productivas y depósito de materias primas.
Que en el marco de sus actividades industriales y comerciales, el Señor Ianni emplea una importante cantidad de personal oriundo de nuestra ciudad.
Que el Municipio de Balcarce, por medio del artículo 1º de la Ordenanza N° 32/2020, se encuentra adherido a la Ley Provincial N° 13.656 de Promoción Industrial y sus disposiciones complementarias.
Que el artículo 2º de la misma ordenanza declara “de Interés Público Municipal, la radicación de nuevas industrias en el Partido de Balcarce y la expansión de las actividades industriales existentes dentro del mismo”.
Que en el inciso c) del Artículo 6° de la Ordenanza N° 32/2020 establece que se pueden otorgar beneficios de los Derechos de Construcción, tal es el caso del peticionante.
Que la Dirección de Recursos de la Municipalidad de Balcarce manifiesta que no es viable la eximición solicitada por no encuadrar en lo estipulado en la Ordenanza Fiscal Vigente para el presente ejercicio.
Que posteriormente el contribuyente, luego de tomar vista del dictamen de la Dirección de Recursos, solicita la condonación de los Derechos de Construcción del inmueble.
Que, a fojas 12 del Expediente Municipal N° 7668-B-2020, el Señor Subsecretario de Producción y Empleo, Médico Veterinario Martín Carballo, hace referencia que la empresa, propiedad del Señor Ianni, se encuentra radicada en nuestra ciudad desde el año 1998, con amplia trayectoria en su rubro y generando un importante número de fuentes de empleo.
Que el citado funcionario municipal afirma que el Señor Ianni “Actualmente se encuentra trabajando en un nuevo proyecto: ampliación de las instalaciones de la fábrica e incorporación de nuevos productos, como alfajores”, y que para tal proyecto utilizará el inmueble por el cual se solicita la exención de los Derechos de Construcción.
Que parte de los Derechos de Construcción que el Señor Ianni debe abonar corresponden no solo a la tributación habitual que cualquier persona debe abonar, si no que están compuestos por un componente sancionatorio por no cumplir con la reglamentación vigente en tiempo y forma.
Que este H. Concejo Deliberante posee las facultades para dictaminar al respecto.
Que la Comisión de Presupuesto y Hacienda requirió a la Dirección de Planeamiento y Obras Privadas del Municipio informe sobre el monto que el contribuyente debería abonar en cumplimiento estricto de las normativas vigentes;
Que la Dirección de Planeamiento y Obras Privadas informó a este H. Cuerpo que el Señor Ianni, en el supuesto caso de haberse acogido en un 100% a la reglamentación vigente debería abonar un total de pesos doscientos veinte mil doscientos dieciocho c/ 75/100 ($ 220.218,75) en concepto de Derechos de Construcción.
Que de las liquidaciones emitidas al contribuyente surge que debe abonar a la fecha un monto total de $ 1.380.297,20 en concepto de Derechos de Construcción por ser lo presentado antirreglamentario.
Que este H. Concejo Deliberante acompaña y ratifica la vigencia de la Ordenanza N° 32/2020 mediante la cual se declara de interés la radicación y/o expansión de actividades industriales dentro del Partido de Balcarce.
Que es de público conocimiento el crecimiento que la actividad industrial desarrollada por el contribuyente ha tenido desde los inicios de la misma hasta la actualidad, y la generación de una importante cantidad de fuentes laborales.
Que la expansión que significaría la concreción del proyecto actual que el Señor Ianni tiene actualmente, ampliaría esa cantidad de fuentes genuinas de empleo en la ciudad en un contexto socio económico como el que atraviesa nuestro país en la actualidad.
Que por todo lo expuesto anteriormente se concluye en condonar la deuda que posee el Señor Ianni por un monto de $ 220.218,75.-, que sería el beneficio de aplicar la Ordenanza N° 32/2020, poniendo al contribuyente en igualdad de condiciones con otras industrias que se radiquen o se amplíen dentro del Partido de Balcarce.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Condónase al Sreñor Ianni Ariel Fernando la suma de pesos doscientos veinte mil doscientos dieciocho c/ 75/100 ($ 220.218,75) en concepto de Derechos de Construcción del inmueble sito en Avenida Pueyrredón (39) N° 578, según las actuaciones obrantes en el Expediente Municipal N° 7668-B-2022.-
ARTÍCULO 2- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
FIRMADO: Agustín Cassini -PRESIDENTE - Carlos Hernán D’Elia -PROSECRETARIO.-