Boletines/Saavedra
Ordenanza Nº 7205
Saavedra, 23/11/2022
CORRESPONDE A EXPTE Nº 94542/2022.-
VISTO:
La ordenanza 6956/20, promulgada por Decreto Nº 1978/2020, que pone en vigencia el PROGRAMA DE ORDENAMIENTO, REGULARIZACION Y ACTUALIZACION CATASTRAL, cuya vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022, y:
CONSIDERANDO:
La importante cantidad de expedientes iniciados dentro del inciso 1) del Artículo 1º, que ha permitido a muchos vecinos comenzar un proceso de regularización de obras construidas sin permiso, lo que está posibilitando actualizar los datos de Catastro y planchetas, así como generar ingresos a las arcas municipales por estas presentaciones espontaneas, que a la fecha muestran un 83,60% (ochenta y tres con sesenta por ciento) de incremento a partir de la sanción de la Ordenanza en vigencia, con más de 11.606,59 metros cuadrados declarados.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESIÓN DE LA FECHA Y HACIENDO USO DE SUS FACULTADES, SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
O R D E N A N Z A
PARA EL PARTIDO DE SAAVEDRA
Artículo 1º: Establézcase a partir del 01 de enero de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2023, un beneficio del 50% (cincuenta por ciento) para el cobro de los Derechos de Incorporación únicamente, no considerándose aquellas que se encuentren en proceso de construcción, en cuyo caso corresponderá la aplicación de la normativa vigente en el Código de Edificación.
Artículo 2º: Los contribuyentes que se acojan voluntaria y espontáneamente a la presente Ordenanza serán eximidos de multas, recargos, intereses y retroactivos en la Tasa de Conservación de la vía Publica y Tasa de Salud y cualquier otra que hubiere afectado al inmueble en el transcurso de la duración de la presente Ordenanza, que les hubieran correspondido por las incorporaciones declaradas.
Artículo 3º: El alcance de la presente Ordenanza es aplicable a obras construidas hasta el 31 de diciembre de 2020
Artículo 4º: Comuníquese, Regístrese, Cúmplase y Archívese. –
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE SAAVEDRA, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
ORDENANZA Nª 7205/2022