Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 309
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 30/11/2022
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales la Empresa CONSTRUCCIONES E INFRAESTRUCTURAS BAHIENSES S.R.L. solicita autorización para la ejecución de la obra "TRAZA DE DUCTO CHICLANA 395", de acuerdo a documentación, memoria descriptiva y planos obrantes en expediente 0-9719-2022; el informe emitido a fojas 111/112 por el Departamento Vialidad, el Estado de Deuda de Comercio, respecto a la tasa de Inspecciones de Seguridad e Higiene, elevado por el Departamento Recaudación, el SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º: Otorgar factibilidad a la Empresa CONSTRUCCIONES E INFRAESTRUCTURAS BAHIENSES S.R.L. para el uso de la vía pública, a efectos de ejecutar la obra denominada "TRAZA DE DUCTO CHICLANA 395", de acuerdo a documentación, memoria descriptiva y planos obrantes en expediente 0-9719-2022.
ARTÍCULO 2º: La empresa encargada de realizar los trabajos deberá dar cumplimiento a lo estipulado en las Ordenanzas Nº 12827 y Nº 13380 “Ejecución de obras en la vía pública” y el pago de aranceles según la Ordenanza Impositiva vigente.
ARTÍCULO 3°: El tendido subterráneo se realizará por vereda, aproximadamente 150m y comprenderá un cruce de calzada en calles Fitz Roy y Chiclana. El cruce de calzada deberá realizarse sin afectar badenes existentes y su reparación, ejecutarla dentro de los 5 días hábiles de haber sido finalizados los trabajos previstos. Esto implica la construcción de una base de hormigón con un contenido mímino de 350kg/m3 de cemento de 10cm de espesor y deberá estar apoyada sobre el suelo consolidado existente, en un ancho mayor de 15cm a cada lado del zanjeo original. La carpeta se reconstruirá con asfalto en caliente en un espesor mínimo de 5cm.-
ARTÍCULO 4º: Los trabajos en veredas comprenderán la reconstrucción de las mismas, con materiales idénticos a lo precedente, todo conforme a planos y Especificaciones Técnicas Municipales.
ARTÍCULO 5º: La tapada mínima exigida en veredas es de 0,80 m y 1,00 en calzada, por encima de la protección de sus instalaciones, no haciéndose referencia a la profundidad del zanjeo, la cual deberá ser mayor.
ARTÍCULO 6º: En la etapa de construcción de la obra se deberá observar el cumplomiento de la normativa vigente respecto a los siguientes impactos:
ARTÍCULO 7º: La empresa CONSTRUCCIONES E INFRAESTRUCTURAS BAHIENSES S.R.L. deberá acreditar el cumplimiento de las normas reguladoras del ejercicio profesional en cuanto hace al Proyecto y la Dirección de la Obra, con la visación del Colegio Profesional respectivo y comunicará el nombre de la empresa que llevará a cabo los trabajos y de su Representante Técnico, acompañando además la documentación que acredite la vinculación profesional. La firma contratista abonará los derechos por trabajos en la vía pública y se someterá a la inspección de la obra por parte del personal que la Municipalidad disponga, facilitando todos los medios necesarios a tal efecto.-
ARTÍCULO 8º: La recurrente será responsable de todo perjuicio causado a las instalaciones de servicios públicos existentes, como asimismo a los bienes de los particulares que resultaran afectados por las obras, debiendo reponerse dichas instalaciones y bienes a su estado original y requerir la correspondiente aprobación municipal.-
ARTÍCULO 9º: Los cortes o desvíos de tránsito que resulten necesarios deberán gestionarse ante la Dirección de Tránsito, con una anticipación no menor de cinco (5) días.-
ARTÍCULO 10º: La señalización lumínica de los trabajos deberá efectuarse en 12 o 24 volts, por razones de seguridad pública.
ARTÍCULO 11º: Todos los trabajos deberán también cumplir con las Normas sobre Cortes de Calzadas y Veredas. La empresa tendrá a su cargo el mantenimiento de las obras de reparación de calzadas y veredas, afectadas por las obras del presente proyecto, durante un período de ciento ochenta (180) días, a partir de la Recepción Provisoria.-
Artículo 12º: Cúmplase; notifíquese a través del Departamento Vialidad; dése al R.O.; tomen conocimiento los Departamentos Vialidad, Electricidad y Mecánica, Territorial, Departamento de Gestión Ambiental, Dirección de Tránsito y Departamento de Ingresos y Política Fiscal. Cumplido, ARCHÍVESE.-