Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20731
Bahia Blanca, 23/06/2022
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 12, mediante el cual la señora PACCIONE, Marcela Alejandra, DNI: 32.026.615, titular del legajo de Taxi nº 318 asignado a la parada nº 28, solicita autorización para la transferencia de los derechos de explotación, y;
CONSIDERANDO
Que, a fojas 2 la señora PACCIONE, Marcela Alejandra expresa que no puede continuar con la explotación del legajo de Taxi nº 318 debido que no puede dedicar la atención que necesita el servicio.
Que, la Ordenanza nº 15.431 en su Artículo 26º establece: “Para transferir su legajo, el titular deberá solicitar autorización al Departamento Ejecutivo, acreditando un mínimo de cinco (5) años en la explotación. Se denegará la transferencia ante la constatación de deuda con el municipio derivada de la prestación del servicio. Corresponde al adquiriente cumplir con los requisitos establecidos para los titulares del legajo de taxi vigentes al momento de la transferencia”.
Que, tal como surge del informe de la División de Transporte Urbano a fojas 10 y de los antecedentes obrantes en el expediente de referencia, la señora PACCIONE, Marcela Alejandra ha presentado la documentación necesaria para autorizar la transferencia alegando que si bien no cumple con los años de antigüedad el legajo se encuentra en su familia desde el año 1.978.
Que, a fojas 11 la Dirección de Articulación Público Privada, con el visto bueno de la Subsecretaría de Legal y Técnica dictaminó: “...esta Dirección de Articulación Público Privada observa que en virtud de lo establecido en el Artículo 26º de la Ordenanza nº 15.431, que regula la prestación del servicio de taxi, el titular debe acreditar un mínimo de 5 años en la explotación, requisito que no es cumplimentado por la administrada.
Asimismo la recurrente alega a los efectos de obtener que el legajo se encuentra en su núcleo familiar desde la obtención en el año 1.978, siendo dicha situación acreditada a fojas 3.
Por lo expuesto y coincidiendo con lo expresado por el Jefe de División de Transporte Urbano, deberá elaborase un proyecto de ordenanza en tales términos y remitirse las presentes al Honorable Concejo Deliberante a los fines que considere la situación excepcional que reviste la señora PACCIONE, Marcela Alejandra respecto del legajo de Taxi nº 318, previo paso por la Subsecretaría de Legal y Técnica a efecto de que confirme o rectifique el presente dictámen”.
Por todo ello y teniendo en cuenta el visto bueno de la Subsecretaría de Legal y Técnica a fojas 11, el Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus facultades sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1º - Autorízase por vía de excepción el poder de transferencia del legajo de Taxi nº 318, a la señora PACCIONE, Marcela Alejandra, DNI. 32.026.615.
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-