Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3827
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/11/2022
Vista la nota presentada por PEDRO JUAN JARA OLIVA, DNI Nº 16.998.123, mediante la cual solicita la eximición en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, Partida Nº 60.071, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en los beneficios de la Ordenanza 19.985, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 15 el Departamento Catastro informa que en los registros municipales los inmuebles identificados catastralmente como Circ. II - Secc. D - Mz. 284g - Pc. 03 - Partida 60071 con zona baldío pero edificado según imagen satelital y Circ. II - Secc. D - Mz. 286c - Pc. 04 - UF. 24 - Partida 150.060 con destino vivienda familiar, figuran a nombre de Oliva Jara Pedro Juan;
Que analizadas las actuaciones, el Departamento Recaudación a fojas 17, informa que no corresponde hacer lugar al pedido de eximición atento atento que no cumple con el Artículo 1 inc 1) de la Ordenanza 19985, el cual establece que el bien afectado sea la única propiedad del peticionante;
Por lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º).- Denegar la eximición solicitada por PEDRO JUAN JARA OLIVA, DNI Nº 16.998.123, para la Partida Nº 60.071, en la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud, por no dar cumplimiento a lo normado en la Ordenanza Nº 19985, y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º).- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota el Departamento Recaudación, hecho: ARCHIVAR.-