Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3366

Decreto Nº 3366

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 24/11/2022

Vistas las presentes actuaciones originadas por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referidas a la adquisición de artículos de limpieza para instituciones de la mencionada Subsecretaria, conforme Solicitud de Pedido Nº 4300/2022, y;

CONSIDERANDO:

Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada N° 4300/2022, recibiéndose las propuestas económicas de dos (2) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las trece (13) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación adjuntos de fojas 43 a 55;

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo Nº 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;

Por ello, atento la comparativa de ofertas obrante de fojas 119 a 129, lo informado por el Departamento Compras a fojas 141/142, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

- DECRETA -

ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a DI LUCA ARNALDO ADRIAN (Proveedor Nº 5.161), la provisión de los items N° 1 a 3, 5, 8 a 13, 19, 21, 22, 24 a 26, 31 a 35, 40 a 42, 44, 46, 48, 50 a 53, 59, 65, 66, 68, 72 a 75, 77, 80, 81, 86 a 88, 93 y 94 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas, y los ítems N° 6, 7, 14 a 18, 20, 23, 27, 28, 36, 45, 47, 49, 54, 55, 60, 63, 64, 67, 69, 78, 79, 89, 91 y 92 por única oferta económica válida que cumple con lo solicitado conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS NOVENTA MIL CIENTO VEINTISÉIS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($1.590.126,92-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.

ARTÍCULO 2º)- Adjudicar a DISPROAL DE VASILI HNOS. S.A. (Proveedor Nº 7.962), la provisión de los items N° 29, 30, 37 A 39, 43, 57, 58, 61, 62, 70, 71, 83 a 85, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas, por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($171.790,55.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.

ARTÍCULO 3º)- Dejar constancia que el item N° 4 no se adjudica debido a que no posee oferta economica y los items N° 56, 76, 82 y 90 no se adjudican debido que las ofertas recibidas superan ampliamente el valor preventivo.-

ARTÍCULO 4º)- Dejar constancia que los responsables de la recepción y control de la mercadería serán los agentes: Mónica Fuidio, Legajo Nº 11.139 y Juanita Carbia, Legajo Nº 13.980 (Hogar Refugio), Guillermina Alaniz, Legajo Nº 14.888 y Elizabeth Lertora, Legajo Nº 12.796 (Casa de Abrigo 2), Pamela Ayala, Legajo Nº 15.613 y Alejandra Martin, Legajo Nº 6.989 (Mamás Cuidadoras), Leticia Astenza, Legajo Nº 15.655 y Marianella Migliavaca, Legajo Nº 16.428 (Cantilo), Araceli Uthurralt, Legajo Nº 6.994 y Luciana Pascual, Legajo Nº 13.979 (Casa del Niño de Ingeniero White), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 (Envión), Mónica Angellini, Legajo Nº 12.335 y Nélida Arhex, Legajo Nº 6.053 (C. Cap. y Promoc. Villa Miramar), Mariela Cuello, Legajo Nº 11.769 y Mónica González, Legajo Nº 16.133 (Casa de Abrigo 1),Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 y Maximiliano Corvatta, Legajo Nº 16.506 (Sueño de Barrilete), Adriana Plischuk, Legajo Nº 6.377 y Javier Bellabarba, Legajo Nº 11.616 (Sistema de Amas), German Roth, Legajo Nº 14.507 y Valeria Vauchelet, Legajo Nº 13.587 (Hogar Peumayen), Victor Jaramillo, Legajo Nº 11.555 y Ever Gil, Legajo Nº 13.976 (Hogar del Adolescente), Olga Faath, Legajo Nº 12.269 y Melisa Barrera, Legajo N° 16.414 (Casa del Niño de Villa Rosas), Patricia Campos, Legajo Nº 6.030 y Adriana Cerolini, Legajo Nº 6.859 (Epi Mi Lugar), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 y Natalia Olmos, Legajo Nº 13.977 (Jóvenes por los Jóvenes), y Carlos Luna, Legajo N°4082 (Autonomía Joven), en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe de fojas 11.-

ARTÍCULO 5º)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.-