Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2581/22

Decreto Nº 2581/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 04/11/2022

ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de baja el cargo que se detalla seguidamente, a partir de la fecha:

 

U.E. 04-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-01-05-000 – Prog. 01-01-00 – Fin. y Func. 1-3-0 – UER 5 – Secretaría de Economia y Hacienda.

 

Nº O.              C.F. Baja                                   Denominación                       Meses

 

13288              2-22-74-11                 Prof. en Cs. Economicas Superior              4

 

ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se detalla seguidamente, a partir de la fecha:

 

U.E. 04-01-1-0-1-00 – Institucional 1-1-1-01-05-000 – Prog. 01-02-00 – Fin. y Func. 1-3-0 – UER 5 – Departamento Licitaciones de Bienes, Servicios y Obras.

 

Nº O.                                      C.F. Baja                                  Denominación           

 

23038                                     4-07-67-02                     Ingresante en Contrataciones

 

ARTÍCULO 3º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, al señor FELIPE CHARLES (Legajo N.º 36.574/2  – CUIL 20-42629991-8) en planta permanente y con carácter provisional hasta el cumplimiento del plazo establecido en el artículo 4º de la Ley 14656, como INGRESANTE EN CONTRATACIONES (C.F. 4-07-67-02 – 40 hs. semanales – Nº de Orden 23038), con dependencia en el Departamento Licitaciones de Bienes, Servicios y Obras (U.E. 04-01-1-0-1-00).

 

ARTÍCULO 4º.- Otórgase, al agente mencionado mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación Remunerativa equivalente al  DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTICULO 5º.- Otórgase, al agente mencionado mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, el Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional. 1-1-1-01-05-000 - Prog. 01-02-00 - Fin. y Fun. 1-3-0 – UER. 5 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1– P.p. 1 – P.Sp. 4.

Para Art. 4º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 – P.Sp. 8.

Para Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap. 4.

 

ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE ECONOMIA Y HACIENDA y DE GOBIERNO.

 

ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

Vv.

 

 

 

                          BLANCO                   BONIFATTI                MONTENEGRO                   

REGISTRADO BAJO Nº 2581