Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº834/22

Decreto Nº 834/22

Hipólito Yrigoyen, 08/07/2022

Expediente Nº 4057-2139/21.-

 

DECRETO Nº 834/22 .-

Visto

Las actuaciones del Expediente Nº 4057-2139/21 por medio del cual se inician actuaciones caratuladas “SUMARIO ADMINISTRATIVO – AGENTE MUNICIPAL, B.M.” que investigan la responsabilidad de Biscaro Marcela   DNI Nº 32.395.684, Legajo N° 5530.-

Considerando

Que en principio teniendo en cuenta los elementos probatorios reunidos hasta esta  instancia, respecto de la falta administrativa  que aquí se investiga, en cuanto la conducta asumida  por el sumariado de autos y estimando el instructor sumarial que se encuentra la prueba suficiente  para tener por acreditada  la falta disciplinaria normada en el Articulo 71 del Anexo I de la Ordenanza N° 30/20 que rige el Estatuto para los Empleados Municipales. Ello toda vez que el sumariado  con su conducta no respeto sus obligaciones legales  y estatutarias de “prestar los servicios en forma personal, regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario , que de acuerdo con la naturaleza  y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicacion, contraccion al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño, a la productividad y a la eficiencia de la  Administracion Municipal. 

Que asimismo la Direccion de Personal informa que el agente no  posee antecedentes de sanciones disciplinarias, registradas en su legajo.-

Que reunida la Junta de Disciplina, Ascensos y calificaciones resuelven que que le corresponde aplicar al agente sumariado la sancion prevista en el art. 71 inc 75 inc. 1ª de la ordenanza 30/20 que consiste en LLAMADO DE ATENCION.-

Por ello, haciendo exclusivo de las facultades que la ley le confiere  EL INTENDENTE MUNICIPAL DE HIPOLITO YRIGOYEN

DECRETA

 

ARTÍCULO PRIMERO: DISPONGASE al agente municipal BISCARO MARCELA ALEJANDRA   DNI Nº 32.395.684 Legajo n° 5530, la sanción de llamado de atención conforme el artículo   75 inc.  1A, del  Anexo I de la Ordenanza N° 30/2020- Estatuto para los Empleados Municipales, ello en un todo de acuerdo con los fundamentos expuestos en el exordio del presente. -

 

ARTICULO SEGUNDO: DESE intervención a la Secretaria de Asuntos Legales, Dirección de Personal, la Dirección de Desarrollo Social. -

 

ARTICULO TERCERO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese. -

 

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni