Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3153
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/11/2022
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios provisoria correspondiente al Certificado Nº1, de la obra “CONSTRUCCION DE ALCANTARILLAS EN AVENIDA SAN MARTIN Y LIBERTAD- INGENIERO WHITE" ejecutada por la empresa J S CONSTRUCCIONES S.R,L. y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa por Expte. N° 0-4477-2020 (HCD-471-2020), Decreto N.º 1505/2020, la Municipalidad de Bahía Blanca establece la posibilidad de redeterminar provisoriamente los contratos de obra publica, regidos por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Municipio, según Ley Provincial N° 6021. Esto implica la utilización de los índices del Indec hasta la publicación de los índices de los que se refiere el Decreto 2113/02, realizando posteriormente el ajuste de precios correspondiente. La redeterminacion ha sido presentada, por la empresa, dentro del plazo estipulado en el Art 11 del Decreto 1505/2020.
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados del certificado Nº1 para la obra a cargo de la empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L cuya fecha de licitación: 19/5/2022, Fecha de Contrato: 1/7/2022, Plazo de obra: 120 días, Fecha de inicio de obra.1/7/2022.
Se realizó la verificación de las planillas de los análisis de precios redeterminados del certificado N°1 (provisorio) presentados por la empresa JS CONTRUCCIONES S.R.L del cual surge una diferencia en el cálculo ya que la empresa consideró el precio unitario redeterminado al mes de Julio 2022, en su totalidad, sin considerar que el precio unitario a pagar esta compuesto por el 10 % del precio unitario de la licitación mas el 90% del precio unitario redeterminado.
Certificado Nº 1: (Mes de ejecución: Julio 2022). Se produce una variación de precios superior al 6% entre los precios unitarios presentados en la Licitación de Mayo-2022 y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 1 (Julio- 2022), Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Julio de 2022.
Que el monto total redeterminado del CERTIFICADO N° 1 (PROVISORIO) asciende a: $275.691,69 (Actualizado a Julio 2022).
Que de acuerdo al Decreto Municipal N° 1505/2021 (Artículo 15º del Anexo), del Monto redeterminado, en forma provisoria con índices del INDEC, se descontará un 20%, por lo tanto el importe a pagar es de $220.553,35 (PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS).
Que a fojas 24 el informe de la asesora letrada de esta Secretaría manifiesta que no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por los artículo 11° y 21° del anexo correspondiente al Decreto 1505/2020, prestando conformidad a la redeterminación provisoria de los índices publicados por el INDEC.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
Artículo 1º: Aprúebase la redeterminación de precios provisoria presentada por la empresa JS CONSTRUCCIONES S.R.L por el Certificado Nº 1 de la obra “CONSTRUCCION DE ALCANTARILLAS EN AVENIDA SAN MARTIN Y LIBERTAD- INGENIERO WHITE”, resultando la suma a abonar de $220.553,35 (PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-6360-2022.-
Articulo 2°: La redeterminación aprobada en el articulo 1° tiene carácter provisorio y es a cuenta de lo que en más o en menos resulte de la redeterminación definitiva dispuesta según Decreto 2113/02.-
Artículo 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
Articulo 4°: Refrende el presente decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20, Art. 14º Anexo I.-
Artículo 5º: Cúmplase; dése al RO.; notifíquese a la firma JS CONSTRUCCIONES S.R.L por intermedio del Departamento Vialidad; tome conocimiento el citado Departamento y pase al Departamento Compras. Cumplido ARCHÍVESE.-