Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3172
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 09/11/2022
Visto el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente a los Certificados Nº 7, 8, 9, 10 y 11, de la obra: “NEXO Y EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES (ETAPA I) – 32 CUADRAS Y EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE – 13 CUADRAS EN CALLES DEL BARRIO “LOS HORNEROS” ejecutada por la empresa GEOMAC S.A., y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa que por expte. 0-4477-2020, Decreto N° 1505/2020 (HCD-471-2020), la Municipalidad de Bahía Blanca establece la posibilidad de redeterminar provisoriamente los contratos de obra pública, regidos por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales del Municipio, según ley Provincial N° 6021. Esto implicaría la utilización de los indices del Indec hasta la publicación de los indices a que se refiere el Decreto 2113/2002, realizando posteriormente el ajuste de precios correspondiente. Por lo tanto, habiéndose publicado los indices del Ministerio de Infraestructura de la Provincia (Decreto 2113, se presenta las redeterminaciones definitivas de los Certificados N° 7, 8, 9, 10 y 11).
Que se elevan planillas de análisis de precios redeterminados de los certificados Nº 7, 8, 9, 10 y 11, para la obra a cargo de la Empresa GEOMAC S.A., cuya fecha de Preacuerdo de Cesión de Obra de la empresa INAR a GEOMAC S.A.: 18/09/2020, Decreto de Aprobación de Cesión: 1966/2020 (02/11/2020) y 147/2021 (21/01/2021), Fecha de Contrato: 17/03/2021, Plazo de obra: 12 meses, Fecha de Inicio de Obra 19/07/2021.
Certificado N° 7: (mes de ejecución de los trabajos: Octubre - 2021, fecha de publicación de los indices Octubre - 2021: 20/04/2022; fecha presentación empresa: 25/04/2022 presentada dentro de los plazos previstos por Art. 92, inc b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ).
Se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución del Certificado N° 7 (Octubre - 2021), último salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 4 (Julio - 2021). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Julio- 2021.
Atento a ello el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 7 (Actualizado a Octubre - 2021) asciende a: $714.698,55 .
Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 457/2022, asciende a $484.260,91.
Por lo tanto la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado N°. 7 es de $230.437,64.
Certificado N° 8: (mes de ejecución de los trabajos: Noviembre - 2021, fecha de publicación de los indices Noviembre - 2021: 20/04/2022; fecha presentación empresa: 25/04/2022 presentada dentro de los plazos previstos por Art. 92, inc b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ).
No se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados al mes de ejecución del Certificado N° 7 (Julio - 2021), último salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 8 (Noviembre - 2021). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Octubre - 2021.
Atento a ello el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 8 (actualizado a Octubre - 2021) asciende a: $997.724,61.
Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 457/2022, es de $ 674.133,56.
Que la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado Nro. 8 es de $323.591,05.
Certificado N° 9: (mes de ejecución de los trabajos: Diciembre - 2021, fecha de publicación de los indices Diciembre - 21: 03/06/2022; fecha presentación empresa: 06/06/2022 presentada dentro de los plazos previstos por Art. 92, inc b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ).
Se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados Octubre - 2021), último salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 9 (Diciembre- 2021). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Diciembre - 2021.
Atento a ello el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 9 (Actualizado a Diciembre - 2021) asciende a: $1.193.478,71 .
Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 459/2022, asciende a $736.676,54.
Por lo tanto la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado N°. 9 es de $456.802,17.
Certificado N° 10: (mes de ejecución de los trabajos: Enero - 2022, fecha de publicación de los indices Enero - 2022: 08/09/2022; fecha presentación empresa: 12/09/2022 presentada dentro de los plazos previstos por Art. 92, inc b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ).
No se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados a Diciembre - 2021, último salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 10 (Enero - 2022). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Diciembre - 2021.
Atento a ello el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 10 (actualizado a Diciembre - 2021) asciende a: $1.524.401,51.
Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 458/2022, es de $1.100.389,60.
Que la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado Nro. 10 es de $424.011,91.
Certificado N° 11: (mes de ejecución de los trabajos: Febrero - 2022, fecha de publicación de los indices Febrero - 2022: 08/06/2022; fecha presentación empresa: 14/07/2022 presentada dentro de los plazos previstos por Art. 92, inc b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ).
Se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios redeterminados Diciembre - 2021), último salto mayor al 5% y los precios redeterminados al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 11 (Febrero- 2022). Por lo cual correspondería actualizar el certificado, a los precios redeterminados al mes de Febrero- 2022.
Atento a ello el Monto Redeterminado Definitivo del Certificado N° 11 (Actualizado a Febrero - 2022) asciende a: $2.469.979,76 .
Que el monto pagado en forma Provisoria según Decreto 1079/2022, asciende a $1.579.584,59.
Por lo tanto la diferencia a abonar en forma definitiva del Certificado N°. 11 es de $890.395,17.
Que el importe total de las Redeterminaciones Definitivas correspondientes a los Certificados N° 7, 8, 9, 10 y 11 asciende a la suma total de $ 2.325.237,94.
Que a fojas 178 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido de redeterminación en caracter definitivo según Decreto provincial n° 2113-02 conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones y el Decreto 1505/20.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa GEOMAC S.A. por los Certificados Nº 7, 8, 9, 10 y 11 de la obra: NEXO Y EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES (ETAPA I) – 32 CUADRAS Y EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA POTABLE – 13 CUADRAS EN CALLES DEL BARRIO “LOS HORNEROS”, por un importe total de $ 2.325.237,94 (PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expte. 417R-6363-2022.-
Artículo 2º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-
Articulo 3°: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1505/20 Art. 14º Anexo I.-
Artículo 4º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, notifíquese a la firma GEOMAC S.A. por intermedio del Departamento Vialidad, tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido ARCHÍVESE.-